Dictamen CGR

Dictamen N° 93988/2015

2015-11-26 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se ajusta a derecho término anticipado de contrata que contiene cláusula mientras sean necesarios sus servicios. Indicaciones contenidas en oficio circular N° 35, de 2014, del Ministerio de Hacienda no son vinculantes para la superioridad

N° 93.988 Fecha: 26-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Shirley Villouta Bustamante, exfuncionaria de Gendarmería de Chile, reclamando por el término anticipado de su contrata, lo cual, a su juicio, vulneraría las instrucciones impartidas mediante el oficio circular N° 35, de 2014, del Ministerio de Hacienda. Requerido su informe, ese organismo señaló que el cese de la recurrente obedeció a que sus servicios ya no eran necesarios. Sobre el particular, cabe anotar que según los registros de este órgano contralor, la última designación de la interesada en la aludida calidad se extendía hasta el 31 de diciembre del año en curso, y que de acuerdo con el respetivo acto administrativo, aquella contenía la cláusula mientras sean necesarios sus servicios, en virtud de la cual se dispuso la conclusión anticipada de sus funciones, ya que cuando una contrata contempla la apuntada disposición, la autoridad puede finalizarla en cualquier época precedente a su vencimiento, sin que sea menester una particular argumentación, de modo que aquella razón constituye, en sí misma, fundamento suficiente para adoptar esa decisión, lo que se encuentra en armonía con el criterio expresado, entre otros, en el dictamen N° 83.451, de 2015, de esta procedencia. Siendo ello así, es posible sostener que el alejamiento antelado que nos ocupa, se ajustó a derecho, puesto que este ha tenido lugar en el ejercicio de la atribución que la referida fórmula le otorga a la superioridad competente, siendo tomado razón el pertinente instrumento por esta Entidad Fiscalizadora, motivo por el cual se rechaza el reclamo de la señora Villouta Bustamante. Enseguida, en relación con el incumplimiento de las indicaciones contenidas en la circular N° 35, de 2014, del Ministerio de Hacienda -que entrega orientaciones generales acerca del proceso de renovación del personal a contrata-, es útil manifestar que acorde con lo señalado en el dictamen N° 67.906, de 2015, de este origen, las directrices que puedan impartirse con tales fines no son vinculantes para la superioridad, pues esta es quien decide acerca de la incorporación y término de las labores de los empleados que se requieran, de acuerdo con las necesidades de la institución. Transcríbase a Gendarmería de Chile. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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