Dictamen N° 94446/2016
N° 94.446 Fecha: 30-XII-2016 La Contraloría General de la República, en uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la Constitución Política de la República y su ley N° 10.336, Orgánica Constitucional, en materia de contabilidad general de la Nación, viene en impartir a las Entidades de Educación Superior del Estado las siguientes instrucciones, respecto de la información de carácter contable y presupuestaria que a éstas les corresponde proporcionar, determinando los plazos y demás modalidades a las que se sujetará dicha remisión, como también la oportunidad en el envío al trámite de toma de razón de los actos administrativos a través de los cuales se aprueben y modifiquen los ordenamientos de ingresos y gastos de las citadas Entidades de Educación Superior, en los términos que siguen: 1. Estados Financieros Entidad de Educación Superior. La información financiera deberá ser presentada en forma consolidada, considerando lo siguiente: 1.1. Estados Financieros Consolidados 2017 1.1.1 Estado de Situación Financiera (ANEXO N° 1) - al 31 de marzo de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 30 de mayo de 2017. - al 30 de junio de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 29 de agosto de 2017. - al 30 de septiembre de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 29 de noviembre de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 31 de enero de 2018. 1.1.2. Estado de Resultados (ANEXO N° 2) - al 31 de marzo de 2017, comparado al 31 de marzo de 2016, fecha de entrega hasta el 30 de mayo de 2017. - al 30 de junio de 2017, comparado al 30 de junio 2016, fecha de entrega hasta el 29 de agosto de 2017. - al 30 de septiembre de 2017, comparado al 30 de septiembre de 2016, fecha de entrega hasta el 29 de noviembre de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 31 de enero de 2018. 1.1.3. Estado de Situación Presupuestaria (ANEXO N° 3) - al 31 de marzo de 2017, fecha de entrega hasta el 30 de mayo de 2017. - al 30 de junio de 2017, fecha de entrega hasta el 29 de agosto de 2017. - al 30 de septiembre de 2017, fecha de entrega hasta el 29 de noviembre de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega antes del 31 de enero de 2018. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega antes del 30 de junio de 2018 (Balance de Ejecución Presupuestaria 2017). 1.2. Estados Financieros Auditados Consolidados 2017, deberán ser enviados a más tardar el 30 de abril de 2018 y contener los siguientes informes: 1.2.1 Estado de Situación Financiera 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016 (ANEXO N° 1). 1.2.2 Estado de Resultados 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016 (ANEXO N° 2). 1.2.3 Estado de Flujos de Efectivo 2017, acumulado hasta la fecha del ejercicio correspondiente, comparado al 31 de diciembre de 2016. 1.2.4 Estado de Cambios en el Patrimonio Neto 2017, acumulado hasta la fecha del ejercicio correspondiente, comparado al 31 de diciembre de 2016. 1.2.5 Notas Explicativas a los Estados Financieros 2017. 1.3. Información Contable-Presupuestaria Desagregada 2017 1.3.1 Estado de Situación Presupuestaria (ANEXO N° 4) - al 31 de marzo de 2017, fecha de entrega 30 de mayo de 2017. - al 30 de junio de 2017, fecha de entrega 29 de agosto de 2017. - al 30 de septiembre de 2017, fecha de entrega 29 de noviembre de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega 31 de enero de 2018. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega 30 de junio de 2018 (Balance de Ejecución Presupuestaria 2017). 1.3.2 Balance de 8 Columnas (ANEXO N° 5) - al 31 de marzo de 2017, fecha de entrega 30 de mayo de 2017. - al 30 de junio de 2017, fecha de entrega 29 de agosto de 2017. - al 30 de septiembre de 2017, fecha de entrega 29 de noviembre de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega 31 de enero de 2018. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega 30 de abril de 2018 (auditado). 1.3.3 Cédulas de Clasificación (ANEXO N° 6) - al 31 de marzo de 2017, fecha de entrega 30 de mayo de 2017. - al 30 de junio de 2017, fecha de entrega 29 de agosto de 2017. - al 30 de septiembre de 2017, fecha de entrega 29 de noviembre de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega 31 de enero de 2018. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega 30 de abril de 2018 (auditado). 2. Estados Financieros Fondo Solidario de Crédito Universitario. 2.1. Estados Financieros Semestrales 2017 2.1.1 Balance General - al 30 de junio de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 31 de julio de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 31 de enero de 2018. 2.1.2 Estado de Resultados - al 30 de junio de 2017, comparado al 30 de junio 2016, fecha de entrega hasta el 31 de julio de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 31 de enero de 2018. 2.2. Estados Financieros Auditados 2017, comparado al 31 de diciembre de 2016, fecha de entrega hasta el 30 de junio de 2018. 2.3. Información Contable Desagregada 2017 2.3.1 Balance de 8 Columnas (ANEXO N° 7) - al 30 de junio de 2017, fecha de entrega hasta el 31 de julio de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega hasta el 31 de enero de 2018. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega hasta el 30 de junio de 2018 (auditado). 2.3.2 Cédulas de Clasificación (ANEXO N° 8) - al 30 de junio de 2017, fecha de entrega hasta el 31 de julio de 2017. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega hasta el 31 de enero de 2018. - al 31 de diciembre de 2017, fecha de entrega hasta el 30 de junio de 2018 (auditado). 3. Información Presupuestaria 3.1. Presupuesto Inicial De acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del decreto N° 180, de 1987, del Ministerio de Hacienda, el presupuesto inicial de las Entidades de Educación Superior del Estado deberá ser aprobado por la autoridad u organismo competente que establezcan los respectivos estatutos orgánicos, sometido a la tramitación que corresponda en la Contraloría General de la República, y posteriormente publicado antes del 31 de marzo del respectivo ejercicio presupuestario, en un diario de circulación regional. En tal sentido, y con el propósito de que se pueda dar cabal cumplimiento a lo establecido en la norma reglamentaria indicada, debe necesariamente tenerse presente que, conforme a lo señalado en el artículo 10, inciso primero de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, ésta cuenta con un plazo de quince días hábiles, contados desde la fecha de recepción del decreto o resolución que aprueba el presupuesto inicial, para llevar a cabo el estudio de legalidad que importa la toma de razón, plazo que podría ser prorrogable por otros quince días mediante resolución fundada. Luego, esa Entidad de Educación Superior deberá adoptar las medidas que resulten procedentes con el objeto de que el acto administrativo que apruebe el aludido presupuesto sea recepcionado por este Organismo Contralor a más tardar la última semana del mes de febrero para el cumplimiento oportuno del correspondiente control previo de legalidad. 3.2. Modificaciones Presupuestarias Los decretos o resoluciones que dispongan modificaciones al presupuesto inicial, también se encuentran sujetos al control de legalidad que implica el trámite de toma de razón. Por lo tanto, dichos actos administrativos sólo tendrán efecto legal en la medida que se sometan al referido examen en la Contraloría General de la República, siempre que sean recepcionados a más tardar el 31 de diciembre del año para el cual se asignaron los recursos. Resulta del caso señalar, que las actualizaciones que se efectúen al citado presupuesto deben considerar las modificaciones que, a su vez, determine la autoridad competente respecto de las asignaciones de transferencias establecidas en la ley de Presupuestos del Sector Público año 2017, que afecten directamente las estimaciones de los ingresos presupuestarios por parte de las Entidades de Educación Superior beneficiarias -por ejemplo- del Aporte Fiscal Directo, Aporte Fiscal Indirecto, becas, gratuidad, subsidios, entre otras, todo ello con la finalidad de mantener la debida consistencia entre los ordenamientos presupuestarios del organismo otorgante y la institución receptora, respectivamente. En relación a lo anterior, las entidades deberán gestionar oportunamente las modificaciones al presupuesto vigente, con el propósito de prevenir una ejecución por sobre el presupuesto aprobado, específicamente en algún subtítulo, ítem o asignación del gasto. 3.3. Balance de Ejecución Presupuestaria De acuerdo a lo establecido en el artículo 6° del aludido decreto N° 180, de 1987, la confección del Balance de Ejecución Presupuestaria, debe ser aprobada -a más tardar- el 30 de mayo del año siguiente al del ejercicio presupuestario del que dan cuenta y publicados antes del 30 de junio del mismo año, en un diario de circulación regional. Asimismo, antes de esta última fecha, una copia de dichos balances deberá ser enviada a los Ministerios de Educación y de Hacienda. En este contexto, se solicita a esa Entidad de Educación Superior el envío de una copia de la publicación del balance de ejecución presupuestaria 2016 y además bajo el formato dispuesto en los Anexos N° 3 y N° 4, antes del 30 de junio de 2017. 4. Procedimiento de envío de la información, Sistema de Contabilidad General de la Nación II (SICOGEN II) La información deberá ser enviada a través del Sistema de Contabilidad General de la Nación II (SICOGEN II), este sistema captura y valida en línea la información enviada. Con el fin de efectuar una correcta carga de la información solicitada, este Órgano Contralor le remitirá a cada institución de educación superior del Estado un manual donde se especifica cómo y dónde se debe proceder con el envío. Por otro lado, se solicita a todas las Entidades de Educación Superior del Estado informar oportunamente mediante correo electrónico, los cambios de usuarios designados que puedan ocurrir durante el transcurso del ejercicio contable, con el objeto de permitir el correcto funcionamiento del sistemas y la pronta incorporación de los nuevos usuarios. SICOGEN II se encontrará habilitado en el sitio web institucional, www.contraloria.cl . Adicionalmente, cabe señalar que el Anexo N° 9 contiene un resumen de las fechas en las cuales la Entidad de Educación Superior debe remitir información a la Contraloría General de la República. Finalmente, ante cualquier consulta sobre la materia, deberá dirigirse a la Jefatura correspondiente del Área de Empresas Públicas y Universidades de la División de Análisis Contable, al teléfono 224025773 o al correo electrónico nespinozaa@contraloria.cl. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República ANEXO N° 1 ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADO AL _DE__DE 2017 EN MONEDA NACIONAL (M$) Entidad: ………………………………………………………………………………………….. ACTIVOS □ 31.03.2017 31.12.2016 □ 30.06.2017 □ 30.09.2017 □ 31.12.2017 M$ M$ Activos Corrientes Efectivo y equivalentes al efectivo XXX XXX Otros activos financieros corrientes XXX XXX Otros activos no financieros corrientes XXX XXX Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar corrientes XXX XXX Cuentas por cobrar a entidades relacionadas corrientes XXX XXX Inventarios corrientes XXX XXX Activos biológicos corrientes XXX XXX Activos por impuestos corrientes XXX XXX Activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta XXX XXX Total Activos Corrientes XXX XXX Activos No Corrientes Otros activos financieros no corrientes XXX XXX Otros activos no financieros no corrientes XXX XXX Cuentas por cobrar no corrientes XXX XXX Cuentas por cobrar a entidades relacionadas no corrientes XXX XXX Inventarios no corrientes XXX XXX Inversiones contabilizadas utilizando el método de la participación XXX XXX Activos intangibles distintos de la plusvalía XXX XXX Plusvalía XXX XXX Propiedades, planta y equipos XXX XXX Activos biológicos no corrientes XXX XXX Propiedad de inversión XXX XXX Activos por impuestos corrientes no corrientes XXX XXX Activos por impuestos diferidos XXX XXX Total Activos No Corrientes XXX XXX TOTAL ACTIVOS XXX XXX ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADO AL __DE___DE 2017 EN MONEDA NACIONAL (M$) Entidad: ………………………………………………………………………………………….. PASIVOS Y PATRIMONIO □ 31.03.2017 31.12.2016 □ 30.06.2017 □ 30.09.2017 □ 31.12.2017 M$ M$ Pasivos Corrientes Otros pasivos financieros corrientes XXX XXX Cuentas por pagar comerciales y otras cuentas por pagar XXX XXX Cuentas por pagar a entidades relacionadas corrientes XXX XXX Otras provisiones a corto plazo XXX XXX Pasivos por impuestos corrientes, corrientes XXX XXX Provisiones corrientes por beneficios a los empleados XXX XXX Otros pasivos no financieros corrientes XXX XXX Pasivos incluidos en grupos de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta XXX XXX Total Pasivos Corrientes XXX XXX Pasivos No Corrientes Otros pasivos financieros no corrientes XXX XXX Cuentas por pagar no corrientes XXX XXX Cuentas por pagar a entidades relacionadas no corrientes XXX XXX Otras provisiones a largo plazo XXX XXX Pasivos por impuestos diferidos XXX XXX Pasivos por impuestos corrientes, no corrientes XXX XXX Provisiones no corrientes por beneficios a los empleados XXX XXX Otros pasivos no financieros no corrientes XXX XXX XXX XXX Total Pasivos No Corrientes XXX XXX TOTAL PASIVOS XXX XXX Patrimonio Capital emitido XXX XXX Resultados acumulados XXX XXX Otras reservas XXX XXX Patrimonio atribuible a la corporación XXX XXX Participaciones no controladoras XXX XXX TOTAL PATRIMONIO XXX XXX TOTAL PASIVOS Y PATRIMONIO XXX XXX NOTAS: · Todos los estados financieros deben ser enviados de manera consolidada. · La cifras 2016 deben ser los montos definitivos -auditados- determinados por cada uno de los rubros, en valores nominales. · En el rubro “Resultados Acumulados”, debe ser registrado el resultado del ejercicio actual más el resultado no distribuido de ejercicios anteriores. · Cualquier ajuste o corrección realizada a los estados financieros debe ser informada a la Contraloría General de la República. ANEXO N° 2 ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADO 1 DE ENERO AL _DE______DE 2017 EN MONEDA NACIONAL (M$) Entidad: ………………………………………………………………………………………….. ESTADO DE RESULTADOS 1 DE ENERO AL 1 DE ENERO AL TRIMESTRE RESPECTIVO 2017 TRIMESTRE RESPECTIVO 2016 □ 31.03.2017 □ 31.03.2016 □ 30.06.2017 □ 30.06.2016 □ 30.09.2017 □ 30.09.2016 □ 31.12.2017 □ 31.12.2016 M$ M$ M$ M$ Ingreso de actividades ordinarias XXX XXX XXX XXX Costo de ventas XXX XXX XXX XXX Resultado bruto XXX XXX XXX XXX Otros ingresos XXX XXX XXX XXX Gastos de distribución XXX XXX XXX XXX Gastos de administración XXX XXX XXX XXX Otros gastos, por función XXX XXX XXX XXX Otros resultados XXX XXX XXX XXX Resultados de actividades operacionales XXX XXX XXX XXX Ingresos financieros XXX XXX XXX XXX Costos financieros XXX XXX XXX XXX Participación en los resultados de asociadas y negocios conjuntos que se contabilicen utilizando el método de la participación XXX XXX XXX XXX Diferencias de cambio XXX XXX XXX XXX Resultados por unidades de reajuste XXX XXX XXX XXX Resultados que surgen de la diferencia entre el valor libro anterior y el valor justo de activos financieros reclasificados medidos a valor razonable XXX XXX XXX XXX Resultados, antes de impuestos XXX XXX XXX XXX Gasto por impuestos a las ganancias XXX XXX XXX XXX Resultado procedente de operaciones continuadas XXX XXX XXX XXX Resultado procedente de operaciones discontinuadas XXX XXX XXX XXX RESULTADO DEL EJERCICIO XXX XXX XXX XXX Resultado atribuible a: La Corporación XXX XXX XXX XXX Participaciones no controladoras XXX XXX XXX XXX Otro resultado integral XXX XXX XXX XXX RESULTADO INTEGRAL XXX XXX XXX XXX Resultado integral atribuible a: La Corporación XXX XXX XXX XXX Participaciones no controladoras XXX XXX XXX XXX NOTAS: · Todos los estados financieros deben ser enviados de manera consolidada. · La cifras 2016 deben ser los montos definitivos -auditados- determinados por cada uno de los rubros, en valores nominales. Cualquier ajuste o corrección realizada a los estados financieros debe ser informada a la Contraloría General de la República. ANEXO N° 3 ESTADO DE SITUACIÓN PRESUPUESTARIA CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA ESTADOS FINANCIEROS TRIMESTRALES Y ANUAL PRELIMINAR Los estados financieros trimestrales y anual preliminar comprenden: · Estado de Situación Financiera: comparativo con el Estado de Situación Financiera anual del ejercicio anterior. · Estado de Resultados: para el período sobre el que se esté informando (trimestre respectivo) y el acumulado para el período contable hasta la fecha, comparativos con los períodos correspondientes del ejercicio anterior, respectivamente. · Estado de Situación Presupuestaria: acumulado hasta la fecha del ejercicio correspondiente, comparativo con igual período del ejercicio anterior. La presentación de estos estados financieros deberá hacerse de acuerdo con las instrucciones que se incluyen a continuación: I. Estado de Situación Financiera En la preparación del Estado de Situación Financiera, las Entidades de Educación Superior del Estado se ajustarán a la siguiente clasificación de recursos y obligaciones. Activos Activos Corrientes: Comprende los recursos de la entidad que serán realizados, vendidos o consumidos, en el transcurso de un año a contar de la fecha de los estados financieros. Incluye aquellos activos que se espere realizar o se pretenda vender o consumir en el transcurso del ciclo normal de la operación de la entidad; o se mantenga fundamentalmente con fines de negociación; o se espere realizar dentro del período de doce meses posteriores a la fecha del balance; o se trate de efectivo u otro medio equivalente al efectivo, cuya utilización no esté restringida, para ser intercambiado o usado para cancelar un pasivo, al menos dentro de los doce meses siguientes a la fecha del balance. Los componentes del activo corriente deberán incorporarse a los rubros que a continuación se definen: - Efectivo y equivalentes al efectivo: El efectivo comprende tanto la caja como los depósitos bancarios a la vista. El efectivo equivalente son inversiones a corto plazo de gran liquidez, que son fácilmente convertibles en importes determinados de efectivo, estando sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor, lo cuales se tienen para cumplir los compromisos de pago a corto plazo. - Otros activos financieros corrientes: Comprende los activos financieros que tienen un vencimiento mayor a tres meses y menor a doce meses. Adicionalmente se incluyen los fondos recibidos que son mantenidos en cuentas corrientes bancarias, inversiones con depósitos a plazo u otros instrumentos financieros, los cuales están destinados exclusivamente al financiamiento de proyectos específicos desarrollados por la respectiva entidad de educación superior del Estado, con aportes de terceros. - Otros activos no financieros corrientes: Incluye principalmente los pagos realizados por anticipado. - Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar corrientes: Comprende las operaciones comerciales a corto plazo de la universidad; todas aquellas cuentas por cobrar que corresponden principalmente aranceles de pregrado, aranceles de postgrado, asesorías, prestaciones médicas y hospitalarias y otros relacionados con el quehacer de la respectiva casa de estudios. Esta cuenta deberá presentarse neta del deterioro determinado. - Cuentas por cobrar a entidades relacionadas corrientes: Cuentas por cobrar a entidades relacionadas, que provengan o no de operaciones comerciales y cuyo plazo de recuperación no excede a un año a contar de la fecha de los estados financieros. - Inventarios corrientes: Activos poseídos para ser vendidos en el curso normal de la operación; en proceso de producción con vista a esa venta; o en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios. A modo de ejemplo se incluyen artículos de oficina, textos, imprenta, artículos de aseo, insumos computacionales, productos hospitalarios e instrumentos de uso médico y odontológico. - Activos biológicos corrientes: Comprende los animales y vegetales vivientes utilizados en la actividad agropecuaria. Pueden estar en crecimiento, en producción o terminados. Es un animal vivo o una planta. - Activos por impuestos corrientes: Corresponde incluir en este rubro el crédito fiscal neto, por concepto del impuesto al valor agregado, los pagos provisionales que exceden a la provisión por impuesto a la renta u otros créditos al impuesto a la renta, tales como gastos de capacitación, donaciones a universidades y el crédito por compras de activo fijo. Adicionalmente, deben incluirse los PPM por recuperar por utilidades absorbidas por pérdidas tributarias. - Activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta: Comprende aquellos activos en que la universidad está comprometida con un plan de venta o distribución y debe haberse iniciado en forma activa un programa para encontrar un comprador y completar el plan. Asimismo, debe esperarse que la venta o distribución quede calificada para reconocimiento completo dentro de un año siguiente a la fecha de su clasificación. Activos No Corrientes: Se clasifica como activo no corriente a todos aquellos activos que no corresponde clasificar como activos corrientes. Los componentes del activo no corriente deberán incorporarse a los rubros que a continuación se definen: - Otros activos financieros no corrientes: Comprende los activos financieros que tienen un vencimiento mayor a un año. - Otros activos no financieros no corrientes: Incluye principalmente los pagos realizados por anticipado. - Cuentas por cobrar no corrientes: Incluye los saldos de depósitos en entidades financieras. - Cuentas por cobrar a entidades relacionadas no corrientes: Comprende las operaciones comerciales a largo plazo de la universidad; todas aquellas cuentas por cobrar que corresponden principalmente aranceles de pregrado, aranceles de postgrado, asesorías, prestaciones médicas y hospitalarias y otros relacionados con el quehacer de la respectiva casa de estudios. Esta cuenta deberá presentarse neta del deterioro determinado. - Inventarios no corrientes: Corresponde a su equivalente definido en el activo corriente, cuyo objeto sea poseerlo a largo plazo. - Inversiones contabilizadas utilizando el método de la participación: Comprende a aquellas inversiones de la respectiva entidad de educación superior del Estado, que se reconoce inicialmente al costo, y se ajusta posteriormente en función de los cambios que experimenta, tras la adquisición, la porción del patrimonio de la entidad participada. El resultado del inversor incluye la porción que le corresponde en el resultado de la participada. - Activos intangibles distintos de la plusvalía: Comprende un recurso identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física que es controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la universidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos. - Plusvalía: Corresponde al exceso del costo de la combinación de negocios sobre la participación de la adquirente en el valor razonable neto de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables que se haya reconocido de la subsidiaria, menos las pérdidas por deterioro acumuladas. Cabe señalar que la plusvalía comprada de una asociada se incluirá en el valor libro de la inversión. - Propiedades, planta y equipos: Comprende a los activos tangibles que posee una universidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos, y se esperan usar durante más de un período económico. - Activos biológicos no corrientes: Corresponde a los activos definidos en el circulante, cuyo plazo de transformación de carácter biológico excede de un año a contar de la fecha de los estados financieros. - Propiedad de inversión: Son las propiedades (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en parte, o ambos) que se tienen (por parte del dueño o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o fines administrativos, o su venta en el curso ordinario de las operaciones. - Activos por impuestos corrientes no corrientes: Incluye los activos definidos en el circulante, cuyo plazo excede de un año a contar de la fecha de los estados financieros. - Activos por impuestos diferidos: Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en periodos futuros, relacionados con a) las diferencias temporarias deducibles; b) la compensación de pérdidas obtenidas en períodos anteriores, que todavía no hayan sido objeto de deducción fiscal; y c) la compensación de créditos no utilizados procedentes de periodos anteriores. Pasivos y Patrimonio Pasivos Corrientes: Un pasivo corriente corresponde a aquellos que se espera liquidar en el ciclo normal de la operación de la entidad; se mantenga fundamentalmente para negociación; deba liquidarse dentro del periodo de un año desde la fecha de los estados financieros; o la entidad no tenga un derecho incondicional para aplazar la cancelación del pasivo durante, al menos, un año desde la fecha de los estados financieros. Los componentes del pasivo corriente deberán incorporarse a los rubros que a continuación se definen: - Otros pasivos financieros corrientes: Obligaciones contraídas con bancos e instituciones financieras que se liquidarán dentro del plazo de un año a contar de la fecha de cierre de los estados financieros. - Cuentas por pagar comerciales y otras cuentas por pagar: Comprende las obligaciones provenientes exclusivamente de la actividad propia de la universidad (operaciones comerciales) en favor de terceros. - Cuentas por pagar a entidades relacionadas corrientes: Obligaciones con entidades relacionadas, que provienen o no de operaciones comerciales. - Otras provisiones a corto plazo: Corresponde a la estimación de una obligación presente (legal o implícitamente) como resultado de un suceso pasado, que es probable que se deba cancelar y puede hacerse una estimación fiable del monto de la obligación. - Pasivos por impuestos corrientes, corrientes: Comprende la cantidad de impuestos por pagar que satisface la universidad como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio relativas a un ejercicio. - Provisiones corrientes por beneficios a los empleados: Comprende aquella provisión asociada a los beneficios contractuales del personal de la respectiva casa de estudios. - Otros pasivos no financieros corrientes: Incluye los fondos recibidos para el desarrollo de proyectos adjudicados, así como otros ingresos anticipados. - Pasivos incluidos en grupos de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta: Comprende aquellos pasivos asociados directamente con los activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta. Pasivos No Corrientes: Se clasifica como pasivo no corriente a todos aquellos pasivos que no corresponde clasificar como pasivos corrientes. Los componentes del pasivo no corriente deberán incorporarse a los rubros que a continuación se definen: - Otros pasivos financieros no corrientes: Préstamos otorgados por bancos e instituciones financieras, con vencimientos que exceden a un año a contar de la fecha de cierre de los estados financieros. - Cuentas por pagar no corrientes: Comprende las obligaciones a largo plazo provenientes exclusivamente de la actividad propia de la universidad (operaciones comerciales) en favor de terceros. - Cuentas por pagar a entidades relacionadas no corrientes: Incluye las Obligaciones con entidades relacionadas, que provienen o no de operaciones comerciales, cuyo vencimiento es a más de un año a partir de la fecha de los estados financieros. - Otras provisiones a largo plazo: Corresponde a la estimación de una obligación presente (legal o implícitamente) como resultado de un suceso pasado, que es probable que se deba cancelar en un plazo superior a un año a partir de la fecha de los estados financieros y puede hacerse una estimación fiable del monto de la obligación. - Pasivos por impuestos diferidos: Comprende el mayor pago de impuestos en el futuro debido a la existencia de una diferencia temporaria. El cual se reconocerá como un pasivo por impuesto diferido. - Pasivos por impuestos corrientes, no corrientes: Comprende la cantidad de impuestos por pagar a largo plazo que satisface la universidad como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio relativas a un ejercicio. - Provisiones no corrientes por beneficios a los empleados: Comprende aquella provisión a largo plazo asociada a los beneficios contractuales del personal de la respectiva casa de estudios. - Otros pasivos no financieros no corrientes: Incluye los fondos recibidos para el desarrollo de proyectos adjudicados, así como otros ingresos anticipados no corrientes. Patrimonio: Corresponde al patrimonio del Estado en la respectiva universidad estatal, definido como la parte residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos. Los conceptos que conforman el patrimonio de la entidad de educación superior del Estado deberán ser clasificados en los siguientes rubros: - Capital emitido: Comprende informar el capital social efectivamente pagado del monto del capital inicial y los aumentos de capital acordados y pagados por el Estado. - Resultados acumulados: En este rubro se incorporará el resultado del ejercicio actual y las utilidades no distribuidas de ejercicios anteriores, o las pérdidas no absorbidas con dichas utilidades. - Otras reservas: Comprende las reservas no definidas en otros ítems de patrimonio, como son los ajustes patrimoniales de filiales o asociadas, superávit de revaluación, reservas de diferencias de cambio en conversiones, reserva de cobertura de flujo de efectivo, reservas de ganancias y pérdidas por planes de beneficios definidos, reservas de ganancias o pérdidas en la remedición de instrumentos de patrimonio, otras reservas varias las cuales deben ser consistentes con lo revelado en el Estado de Cambios en el Patrimonio. - Patrimonio atribuible a la corporación: Comprende la porción del patrimonio que pertenece a la respectiva universidad. - Participaciones no controladoras: Comprende la porción del patrimonio de las subsidiarias que pertenecen a personas distintas de la respectiva universidad. II. Estado de Resultados En la preparación del Estado de Resultados, las Entidades de Educación Superior del Estado se ajustarán a la siguiente clasificación de ingresos y gastos. Estado de Resultados: El estado de resultados deberá contener la siguiente información: - Ingresos de actividades ordinarias: Corresponde a la entrada bruta de beneficios económicos durante el periodo, surgidos en el curso de las operaciones de una entidad. El monto de los ingresos deberá mostrarse neto de los impuestos que las graven, descuentos de precios y otros que afecten directamente el precio de venta. - Costo de ventas: Corresponde al costo de los servicios prestados o bienes vendidos, los cuales se reconocen sobre la base de una asociación directa a la obtención de ingresos de actividades ordinarias, y que se determinan de acuerdo con el sistema de costos llevado por la respectiva Universidad. - Resultado bruto: Comprende la diferencia entre los ingresos de actividades ordinarias y el costo de ventas. - Otros ingresos: Corresponde a otros ingresos no incluidos en los Ingresos de actividades ordinarias. - Gastos de distribución: Gastos relacionados directamente con la comercialización venta y distribución de los productos y servicios. - Gastos de administración: Gastos relacionados directamente con la administración de la respectiva casa de estudios. Deberán incluirse entre otros los gastos por concepto de arriendos, mantenciones, reparaciones, publicidad, gastos generales, etc. - Otros gastos, por función: Corresponde a otros gastos propios de la gestión de la universidad no incluidos en las definiciones anteriores. - Otros resultados: Corresponde a aquel resultado operacional que no ha sido definido a través de las cuentas anteriores. - Resultados de actividades operacionales: Corresponde al agregado de aquellas partida s relativas a la operación de una entidad de educación superior del Estado (docencia, extensión e investigación, entre otras materias), y que incluye los ingresos y costos de explotación , así como aquellos rubros de ingresos y gastos relacionados directamente con el desarrollo de su actividad. - Ingresos financieros: Se registrará los intereses obtenidos en depósitos a plazo o inversiones mantenidas hasta el vencimiento, el resultado de pactos y el devengo de intereses de activos financieros disponibles para la venta. Así también incluirá los intereses implícitos de cuentas por cobrar. - Costos financieros: Corresponde al gasto financiero devengado o pagado, incurrido por la empresa en la obtención de recursos financieros con instituciones de crédito o con el público. Así también incluirá los intereses implícitos de cuentas por pagar. - Participación en los resultados de asociadas y negocios conjuntos que se contabilicen utilizando el método de la participación: Corresponderá al resultado reconocido de inversiones en empresas asociadas y negocios conjuntos si estos últimos no se consolidan. - Diferencias de cambio: Corresponde a la diferencias de cambio que surjan al liquidar partidas monetarias, o al convertir las partidas monetarias a tipos de cambio diferentes de los que se utilizaron para su reconocimiento inicial, ya se hayan producido durante el período o en estados financieros previos. - Resultados por unidades de reajuste: Corresponde informar en este rubro las variaciones de los activos y pasivos expresados en UF, UTM, UTA u otras formas de indexación. - Resultados que surgen de la diferencia entre el valor libro anterior y el valor justo de activos financieros reclasificados medidos a valor razonable: Corresponde a los resultados que surgen de la diferencia entre el valor libro anterior y el valor justo de activos financieros reclasificados medidos a valor razonable. - Resultados, antes de impuestos: Corresponde a la diferencia entre los resultados de actividades operacionales y no operacionales, antes de impuestos. - Gasto por impuestos a las ganancias: Corresponde informar en este rubro el gasto o ingreso generado por: impuesto a la renta determinado de acuerdo a las normativas tributarias vigentes y reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos. - Resultado procedente de operaciones continuadas: Corresponde a resultado después de impuesto a la renta. - Resultado procedente de operaciones discontinuadas: Corresponde informar en este rubro el resultado obtenido por operaciones discontinuadas y por venta o disposición por otra vía de los activos no corrientes (o grupos en desapropiación) que constituyen la operación discontinuada. - Resultado del ejercicio: Corresponde a la sumatoria del resultado procedente de operaciones continuadas y el resultado procedente de operaciones discontinuadas. - Resultado atribuible a la corporación: Corresponderá a la porción del resultado del ejercicio atribuible a la respectiva universidad. - Resultado atribuible a participaciones no controladoras: Corresponde a la proporción del resultado del periodo de la(s) subsidiaria(s) que no corresponde, ya sea directamente o indirectamente a través de otra(s) subsidiaria(s), a la participación del Estado en la respectiva Universidad. Estado de Otros Resultados Integrales: El estado de otros resultados integrales deberá agregar al resultado del ejercicio la siguiente información: - Otro resultado integral: Corresponden a los cargos y abonos al patrimonio por conceptos de superávit de revaluación, reserva de diferencias de cambio por conversión, reservas de cobertura de flujo de caja, reservas de ganancias y pérdidas por planes de beneficios definidos y otras reservas varias. - Resultado integral atribuible a la corporación: Corresponderá a la porción del resultado de ingresos y gastos integrales atribuible a la respectiva universidad. - Resultado integral atribuible a participaciones no controladoras: Corresponde a la proporción de los ingresos y gastos integrales del período de la(s) subsidiaria(s) que no corresponde, ya sea directamente o indirectamente a través de otra(s) subsidiaria(s), a la participación del Estado en la respectiva Universidad. - Resultado integral: Corresponde a la sumatoria de los dos rubros anteriores. III. Estado de Situación Presupuestaria En la preparación del Estado de Situación Presupuestaria, las Entidades de Educación Superior del Estado se ajustarán a las siguientes definiciones. Presupuesto Vigente Se refiere al presupuesto inicial aprobado por la autoridad competente, más las modificaciones efectuadas durante el ejercicio correspondiente a los ejercicios enero-marzo 2017, enero-junio 2017, enero-septiembre 2017 y anual 2017. Ejecución Acumulada de Ingresos Corresponde a los ingresos presupuestarios efectivamente percibidos al 31 de marzo de 2017, al 30 de junio de 2017, al 30 de septiembre de 2017, al 31 de diciembre de 2017 y al Balance de Ejecución Presupuestaria, por cada concepto que corresponda. Referente al Saldo Inicial de Caja, cabe tener presente que debe ser proyectado, sólo para efectos de la formulación presupuestaria, por cuanto se estima como fuente de financiamiento de la actividad institucional. Sin embargo, desde el punto de vista contable, no procede su registro como ingreso en la ejecución presupuestaria. Ejecución Acumulada de Gastos Corresponde a los gastos presupuestarios efectivamente pagados al 31 de marzo de 2017, al 30 de junio de 2017, al 30 de septiembre de 2017, al 31 de diciembre de 2017 y al Balance de Ejecución Presupuestaria, por cada concepto que corresponda. En cuanto al Saldo Final de Caja, al igual que el Saldo Inicial de Caja, cabe manifestar que sólo tienen efecto en la formulación presupuestaria y, en consecuencia, no procede su contabilización como gasto en la ejecución presupuestaria. Por lo tanto, las Entidades de Educación Superior del Estado no deben informar como ejecutados presupuestariamente los conceptos Saldo Inicial de Caja y Saldo Final de Caja. Ingresos Los componentes del ingreso deberán incorporarse a los rubros que a continuación se definen: 1. Ingresos de Operación: - Venta de bienes y servicios: Comprende los ingresos provenientes de la venta de bienes y/o servicios que son consecuencia de la actividad propia de cada organismo, tales como: Venta de textos, apuntes, asesorías técnicas, consultorías, estudios, encuestas, exámenes de laboratorio, servicios computacionales, producción de alimentos agrícolas, del mar, pecuarios, productos minerales, certificados, estampillas, u otros. - Renta de inversiones: Considera los arriendos, dividendos, intereses, participación de utilidades y otros ingresos de similar naturaleza que se recauden por capitales invertidos. - Aranceles de matrícula: Incluye las siguientes asignaciones: - Derechos básicos de matrícula: Son los ingresos por concepto de derechos básicos o cuotas de incorporación de los alumnos. - Aranceles por pago directo: Son los ingresos provenientes del pago directo de los alumnos por concepto de aranceles de las respectivas carreras que la entidad de educación superior ha definido como parte o el costo total de la docencia respectiva. - Aranceles de post grado: Incluye los ingresos correspondientes a programas de especialización, seminarios, perfeccionamiento, cursos de extensión y otros de similar naturaleza. 2. Venta de Activos: - Activos físicos: Comprende los ingresos por concepto de enajenaciones de activos tangibles. Incluye recepción de cuotas provenientes de ventas a plazo, del año y de años anteriores. - Activos financieros: Ingresos que provienen de la venta de instrumentos financieros negociables como valores mobiliarios e instrumentos del mercado de capitales. Las instituciones de educación superior estatales, deberán regirse por lo establecido en el artículo 36 de la ley 18.267. 3. Transferencias: - Del sector privado: Comprende los ingresos por aportes tanto de personas naturales como jurídicas de derecho privado. - De Organismos del Sector Público y Entidades Públicas: Son los ingresos por concepto de aportes o subvenciones que reciben las entidades de educación superior, provenientes de Ministerios, Empresas Públicas, Instituciones Descentralizadas del Estado, Municipalidades, u otras para la realización de actividades determinadas. 4. Endeudamiento: Ingresos provenientes de la utilización de créditos otorgados por el sistema financiero nacional e internacional, en moneda local y extranjera, y compromisos derivados de operaciones con proveedores nacionales y extranjeros. 5. Financiamiento Fiscal: - Aporte Fiscal Directo: Incluye los recursos establecidos en el artículo 2 del decreto con fuerza de ley N° 4, de 1981, del Ministerio de Educación Pública. - Aporte Fiscal Indirecto: Son los recursos que dispone el artículo 3 del decreto con fuerza de ley N° 4, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, por la captación de alumnos de mayor puntaje en la Prueba de Selección Académica. - Pagarés universitarios de la Tesorería General de la República: Corresponde a los recursos que establece la letra b), del artículo 71, de la Ley 18.591. - Recuperación de Préstamos por Crédito Fiscal: Incluye los ingresos por concepto de amortización de Crédito Fiscal Universitario otorgado a los alumnos, cuya cobranza sea efectuada por las instituciones de educación superior, en conformidad a lo establecido en la letra a), del artículo 71, de la Ley 18.591, y al inciso cuarto, del artículo 73, de la misma ley. 6. Recuperación de otros Préstamos: - Préstamos inciso tercero, artículo 70, Ley 18.591: Corresponde a ingresos por recuperación de los créditos otorgados a los alumnos para pagar el valor de la matrícula, según lo establecido en dicha ley. - Otros préstamos: Incluye los ingresos por concepto de amortizaciones de préstamos otorgados a los alumnos a través de los programas de bienestar estudiantil y otros. 7. Otros Ingresos - Leyes Especiales: Incluye todo ingreso no considerado en las clasificaciones anteriores y los provenientes de leyes especiales. 8. Saldo Inicial de Caja: Son los recursos de carácter propio al 1° de enero de cada año, ya sea en cuenta corriente bancaria o en efectivo. Gastos Los componentes del gasto deberán incorporarse a los rubros que a continuación se definen: 1. Gastos en Personal: - Directivos: Considera el pago de remuneraciones al personal que de acuerdo a la reglamentación interna y a la estructura orgánica, conforma la administración superior de la entidad que incluye entre otros cargos: Rector, Pro-Rector, Vice-Rector, Directores Generales, Decanos, Directores de Institutos, y otros de similar naturaleza. - Académicos: Comprende los pagos al personal que cumple funciones de docencia, investigación, extensión sean de jornada completa o parcial, regidos por un sistema o escala de remuneraciones ad-hoc, por ejemplo: Profesor de Universidad, Profesor Titular, Profesor Asociado, Ayudante. - No académicos: Remuneraciones al personal que cumple funciones de administración y apoyo a las tareas propias del organismo, ya sea que se trate de profesionales, técnicos, administrativos o personal de servicios. - Honorarios: Son los pagos a profesionales técnicos o expertos en determinadas materias, por labores de asesoría calificada, que no revisten carácter de permanente. - Viáticos: Comprende el subsidio por los gastos de alojamiento y alimentación en que incurra el personal que por razones de servicio debe ausentarse del lugar de su desempeño habitual. - Horas extraordinarias: Comprende el pago por trabajos efectuados a continuación de la jornada, en horario nocturno y en días festivos. - Jornales: Pagos a trabajadores regidos por el sistema de jornal. Incluye salarios, asignaciones, cotizaciones e impuestos de cargo del empleador. - Aportes patronales: Constituyen los aportes que deben efectuar los Servicios, Instituciones y Empresas en su calidad de empleador a los organismos correspondientes, en conformidad a la legislación vigente. 2. Compra de Bienes y Servicios: Son los gastos por adquisiciones de bienes de consumo y servicios no personales necesarios para el funcionamiento normal del organismo: materiales de oficina, enseñanza, útiles y aseo, menaje, equipos menores, combustibles, mantenimiento, reparaciones, consumos básicos, agua, gas, teléfono, luz, comunicaciones, publicidad, difusión, arriendos, pasajes, fletes, comisiones, vestuario, productos químicos y farmacéuticos, alimentos, gastos menores, gastos de impresión, gastos de computación y otros. 3. Transferencias: Son los gastos por concepto de aportes o subvenciones a personas naturales o jurídicas que no implican contraprestación recíproca en bienes o servicios, otorgadas para contribuir al financiamiento de actividades específicas o programas especiales, tales como: Corporaciones de Televisión, becas estudiantiles, fondos Centrales de Investigación y Extensión, Consejo de Rectores, Centros de Alumnos y otros. Incluye, además, el pago de impuestos cuando corresponde. Comprende también el gasto que proceda por aplicación del artículo 113 de la ley N° 18.768. 4. Inversión Real: Incluye los gastos para formación de capital y adquisición de activos, tales como: Maquinarias y equipos, vehículos, terrenos y edificios, y proyectos de inversión. Comprende también los arrendamientos, con opción de compra del bien arrendado, de equipos de procesamiento de datos y sus elementos complementarios, y de otros bienes muebles. 5. Inversión Financiera: - Préstamos estudiantiles: Incluye las siguientes asignaciones: - Préstamos inciso tercero, artículo 70, Ley 18.591: Corresponde a los créditos otorgados a los alumnos para pagar el valor de la matrícula, según lo establecido en dicha ley. - Otros préstamos: Son los préstamos otorgados a los alumnos para subvenir necesidades de mantención, adquisición de textos y útiles, u otros. - Compra de títulos y valores: Comprende la adquisición de acciones, bonos y otros instrumentos del mercado financiero. Las instituciones de educación superior estatales, deberán regirse por lo establecido en el artículo 36 de la ley 18.267. 6. Servicio de la Deuda: Son los gastos por concepto de amortizaciones, intereses y otros generados por la contratación de créditos internos y externos en el mercado financiero, y con proveedores. 7. Compromisos Pendientes: Comprende el pago de las obligaciones devengadas al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al del ejercicio presupuestario. Saldo Final de Caja: Estimación al 31 de diciembre del año correspondiente. ANEXO N° 9 RESUMEN DE ENTREGAS Estados Financieros y Presupuestarios Trimestrales y Anual Preliminar Entidades de Educación Superior del Estado. Estado Financiero Consolidado Periodo Comparado con Envío antes del Formato Estado de Situación Financiera al 31/03/2017 31/12/2016 30/05/2017 Anexo N° 1 al 30/06/2017 31/12/2016 29/08/2017 Anexo N° 1 al 30/09/2017 31/12/2016 29/11/2017 Anexo N° 1 al 31/12/2017 31/12/2016 31/01/2018 Anexo N° 1 Estado de Resultados 01/01/2017 al 31/03/2017 01/01/2016 al 31/03/2016 30/05/2017 Anexo N° 2 01/01/2017 al 30/06/2017 01/01/2016 al 30/06/2016 29/08/2017 Anexo N° 2 01/01/2017 al 30/09/2017 01/01/2016 al 30/09/2016 29/11/2017 Anexo N° 2 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 31/01/2018 Anexo N° 2 Estado de Situación Presupuestaria 01/01/2017 al 31/03/2017 - 30/05/2017 Anexo N° 3 01/01/2017 al 30/06/2017 - 29/08/2017 Anexo N° 3 01/01/2017 al 30/09/2017 - 29/11/2017 Anexo N° 3 01/01/2017 al 31/12/2017 - 31/01/2018 Anexo N° 3 Balance de Ejecución Presupuestaria 01/01/2017 al 31/12/2017 - 30/06/2018 Anexo N° 3 Estados Financieros Auditados Entidades de Educación Superior del Estado. Estado Financiero Consolidado Periodo Comparado con Envío antes del Formato Estado de Situación Financiera al 31/12/2017 31/12/2016 30/04/2018 Anexo N° 1 Estado de Resultados 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 30/04/2018 Anexo N° 2 Estado de Flujos de Efectivo 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 30/04/2018 - Estado de Cambios en el Patrimonio Neto 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 30/04/2018 - Notas Explicativas 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 30/04/2018 - Información Contable-Presupuestaria Desagregada Entidades de Educación Superior del Estado. Informe Periodo Comparado con Envío antes del Formato Estado de Situación Presupuestaria 01/01/2017 al 31/03/2017 - 30/05/2017 Anexo N° 4 01/01/2017 al 30/06/2017 - 29/08/2017 Anexo N° 4 01/01/2017 al 30/09/2017 - 29/11/2017 Anexo N° 4 01/01/2017 al 31/12/2017 - 31/01/2018 Anexo N° 4 Balance de Ejecución Presupuestaria 01/01/2017 al 31/12/2017 - 30/06/2018 Anexo N° 4 Balance de 8 Columnas al 31/03/2017 - 30/05/2017 Anexo N° 5 al 30/06/2017 - 29/08/2017 Anexo N° 5 al 30/09/2017 - 29/11/2017 Anexo N° 5 al 31/12/2017 - 31/01/2018 Anexo N° 5 al 31/12/2017 - 30/04/2018 Anexo N° 5 Cédulas de Clasificación al 31/03/2017 - 30/05/2017 Anexo N° 6 al 30/06/2017 - 29/08/2017 Anexo N° 6 al 30/09/2017 - 29/11/2017 Anexo N° 6 al 31/12/2017 - 31/01/2018 Anexo N° 6 al 31/12/2017 - 30/04/2018 Anexo N° 6 Publicación Balance de Ejecución Presupuestaria. Informe Periodo Comparado con Envío antes del Formato Publicación Balance de Ejecución Presupuestaria 01/01/2017 al 31/12/2017 - 30/06/2018 Copia Publicación Prensa Estados Financieros Fondo Solidario de Crédito Universitario. Informe Periodo Comparado con Envío antes del Formato Balance General al 30/06/2017 31/12/2016 31/07/2017 - al 31/12/2017 31/12/2016 31/01/2018 - Estado de Resultados 01/01/2017 al 30/06/2017 01/01/2016 al 30/06/2016 31/07/2017 - 01/01/2017 al 31/12/2017 01/01/2016 al 31/12/2016 31/01/2018 - Estados Financieros Auditados 2017 al 31/12/2017 31/12/2016 30/06/2018 - Balance de 8 Columnas al 30/06/2017 31/12/2016 31/07/2017 Anexo N° 7 al 31/12/2017 31/12/2016 31/01/2018 Anexo N° 7 al 31/12/2017 31/12/2016 30/06/2018 Anexo N° 7 Cédulas de Clasificación al 30/06/2017 31/12/2016 31/07/2017 Anexo N° 8 al 31/12/2017 31/12/2016 31/01/2018 Anexo N° 8 al 31/12/2017 31/12/2016 30/06/2018 Anexo N° 8