Dictamen CGR

Dictamen N° 94800/2014

2014-12-04 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Inclusión en escalafón de complemento de funcionario del Ejército calificado en lista Nº 1, se ajustó a derecho

N° 94.800 Fecha: 04-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Valentín Vera Fuentes, funcionario del Ejército, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 50.402, de 2014, de este origen, mediante el cual se concluyó, en síntesis, que su incorporación en el escalafón de complemento, se ajustó a derecho. En su nuevo informe, el citado organismo reiteró que, en su opinión, tal inclusión obedeció a necesidades institucionales. Al respecto, en cuanto a su disconformidad con la determinación que impugna, por cuanto había sido calificado en Lista N° 1, es menester recordar que el artículo 97, letra f), en relación con el artículo 125, ambos del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, faculta a las Juntas de Selección para conformar el escalafón de que se trata, el que podrá constituirse con el remanente de aquéllos que no fueron incorporados en la cuota de retiros, o bien, confeccionarse una nueva nómina de la cual se elegirá, por votación directa, quienes lo integrarán, por lo que el mencionado cuerpo colegiado, al decidir ingresar al señor Vera Fuentes en el aludido escalafón, sólo ejerció las atribuciones que le confiere la normativa aplicable. Por su parte, en lo que dice relación con la eliminación del recurrente de la Academia Politécnica Militar y los eventuales vicios de la investigación sumaria administrativa instruida en su contra, cabe manifestar que según lo informado por el Ejército, el afectado y su cónyuge, por las indicadas materias, interpusieron dos recursos de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, de modo que este Órgano de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido en estos aspectos, toda vez que, en virtud de lo previsto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, tal como sucede en la especie. Por consiguiente, en atención a que la situación planteada por el ocurrente ya fue analizada por esta Contraloría General, sin que se adjunten antecedentes nuevos que permitan modificar el dictamen N° 50.402, de 2014, se confirma ese pronunciamiento. Finalmente, se adjuntan fotocopias de los oficios N os 1.530/886, de 2013 y 1.530/117, de 2014, ambos del Ejército, dirigidos a esta Contraloría General, a través de los cuales ese servicio informó sobre los reclamos del peticionario que dieron origen al citado dictamen N° 50.402, de 2014. Transcríbase al Ejército. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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