Dictamen CGR

Dictamen N° 9596/2014

2014-02-07 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Reconsidera dictamen que indica, en cuanto a que el pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional que señala tiene derecho a cotizar en ese régimen por su desempeño en los Astilleros y Maestranzas de la Armada

N° 9.596 Fecha: 07-II-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Francisco Edinson Valladares Figueroa para solicitar la reconsideración del dictamen N° 60.388, de 2013, de este origen, con ocasión de lo expresado en el oficio N° 29.051, de 2013, de la Superintendencia de Pensiones. Sobre el particular, cabe anotar, que mediante el citado pronunciamiento esta Institución Fiscalizadora determinó que al interesado no le asistía el derecho a imponer en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional por su actual desempeño en los Astilleros y Maestranzas de la Armada, toda vez que durante el tiempo intermedio se habría mantenido afiliado al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980. Ahora bien, según consta de los nuevos antecedentes tenidos a la vista, contenidos en el oficio N° 29.051, de 2013, de la Superintendencia de Pensiones, las cotizaciones ingresadas por doña Dorila Flores Arévalo como empleadora no correspondían al recurrente, por lo que dicha situación se regularizó en la Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A. en septiembre de 2012. De esa forma, aparece que el señor Valladares Figueroa está afiliado al nuevo régimen de capitalización individual a contar del 17 de febrero de 2012 hasta la fecha, solamente con el empleador Astilleros y Maestranzas de la Armada. En este sentido, dado que el peticionario no registra cotizaciones por servicios prestados en el sector privado, le asiste el derecho a imponer en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por su actual trabajo en los Astilleros y Maestranzas de la Armada. En consecuencia, con el mérito de lo anteriormente expuesto procede reconsiderar, en lo pertinente, lo concluido por el referido dictamen N° 60.388, de 2013. Transcríbase al interesado, a la Superintendencia de Pensiones y a los Astilleros y Maestranzas de la Armada. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 60388/2013
Reconsidera parcialmente dictamen