Dictamen CGR

Dictamen N° 96078/2015

2015-12-03 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La facultad de derecho de la Universidad de Chile debe dejar sin efecto un acto administrativo en aquella parte en que, erróneamente, se incorporó a un profesor como integrante del departamento de derecho internacional de la citada unidad académica

N° 96.078 Fecha: 03-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Carola Canelo Figueroa, profesora asistente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, para solicitar que se resuelva derechamente su petición de reconsiderar el dictamen N° 22.343, de 2015, de este origen, y se deje sin efecto el decreto exento que señala -en el cual se dispone la prórroga de las contratas de los académicos que se indican-, por haber incluido al señor José Zalaquett Daher, como integrante del Departamento de Derecho Internacional de la citada facultad, sin encontrarse adscrito al mismo. Sobre el particular, resulta útil recordar que la demanda de reconsideración de la recurrente, fue acogida por esta Entidad Fiscalizadora, mediante el dictamen N° 62.038, de 2015, que concluyó, en base a lo informado en esa oportunidad por el decano de la anotada facultad, que existió un error en la incorporación del referido académico en la reseñada unidad docente. Enseguida, respecto a dejar sin efecto el decreto que señala en lo que dice relación con la mención que en el se hace respecto del profesor Zalaquett Daher como integrante del departamento en cuestión, es menester tener presente que el artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, prescribe, en lo pertinente, que la autoridad podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos administrativos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde su notificación o publicación, agregando su inciso segundo, que esta invalidación podrá ser total o parcial. En este contexto, y acorde con lo manifestado, entre otros, en el dictamen N° 9.802, de 2012, de esta procedencia, la atribución en comento deberá ser ejercida por la misma autoridad que dispuso la medida irregular, de lo que es dable colegir que corresponde al decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile dejar sin efecto el decreto universitario de que se trata, en aquella parte en que erróneamente se incluyó como académico del Departamento de Derecho Internacional de esa dependencia, al profesor José Zalaquett Daher, dado que, según los antecedentes tenidos a la vista, aún no ha transcurrido el plazo de dos años a que alude la apuntada norma. Transcríbase a la señora Carola Canelo Figueroa y al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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