Dictamen N° 97147/2015
N° 97.147 Fecha: 07-XII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución individualizada en el rubro, que sobresee y absuelve a los funcionarios que indica, al término de la investigación sumaria administrativa incoada como consecuencia del Informe Final N° 128, de 2012, de este origen, sobre auditoría en el citado centro hospitalario, pero cumple con precisar que en la situación de los señores Arnaldo Arancibia Garrido y José Bignon Pérez, en armonía con lo sostenido en el dictamen N° 50.455, de 2009, de esta procedencia, no correspondió invocar el artículo 156 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, pues ellos, en su condición de contratados conforme con el artículo 3° de la ley N° 18.476, se regían por las disposiciones del Código del Trabajo, de manera que esa autoridad debió fundar su decisión recurriendo al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, aprobado mediante la resolución exenta N° 2.006, de 2013, de ese establecimiento asistencial, lo que ha de tenerse presente en lo sucesivo. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución N° 69, de 2015, del Hospital Militar de Santiago. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante