Dictamen CGR

Dictamen N° 97792/2015

2015-12-11 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Nombramiento de funcionario de Gendarmería de Chile como jefe de una sección de un complejo penitenciario constituye una destinación. Derecho al pago de la asignación por cambio de residencia, prescribe en el plazo de seis meses contado desde que se hizo exigible
Aplicado por
Dictamen N° 83729/2016
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Dictamen N° 38248/2016
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N° 97.792 Fecha: 11-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luigi Ugalde Bruna, servidor de Gendarmería de Chile, solicitando se disponga su destinación al Complejo Penitenciario de Valparaíso, debido a que se desempeña en aquel desde el mes de marzo de 2013, en cumplimiento de un cometido funcionario que se ha extendido por un plazo superior a dos años. Requerida al efecto, esa institución penitenciaria manifestó que no accedió a la petición de traslado del recurrente, ya que en su oportunidad no se presentó en el Centro de Detención Penitenciaria Santiago Sur, como se decretó en el año 2012. Agrega, que el día 15 de marzo de 2013, el Director Regional de Valparaíso dispuso, en forma verbal, que el interesado, a partir de esa data, realizara tal cometido, añadiendo que en la actualidad ejerce las labores de jefe de la sección juvenil del mencionado complejo. Sobre el particular, es útil señalar, acorde con lo prescrito en el artículo 73 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie-, y en armonía con lo precisado en los dictámenes N os 13.822, de 2012 y 448, de 2013, de este origen, entre otros, que compete privativamente a la jefatura superior de una entidad, con las limitaciones previstas en ese precepto, destinar a los funcionarios según las necesidades del respectivo organismo. En este sentido, es dable indicar que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el Director Nacional de Gendarmería de Chile, a través de su resolución N° 8.405, de 2014, y en el ejercicio de la aludida atribución, como se advierte de la cita que se efectúa al referido artículo 73, nombró al señor Ugalde Bruna en el cargo de jefe de la sección juvenil del Complejo Penitenciario de Valparaíso, a contar del día 13 de agosto de 2014, determinación que, a la luz de la normativa invocada, constituye una destinación, razón por la cual esta Contraloría General entiende que este aspecto de su reclamo, se encuentra superado. No obstante lo anterior, se ha estimado necesario hacer presente que si bien la ley N° 18.834, no establece una duración para los cometidos, estos por su naturaleza han de tener una extensión limitada en el tiempo, pues se refieren al cumplimiento transitorio de labores específicas, de modo que los mismos no pueden dilatarse más allá de lo que la razón aconseja para el acatamiento del fin encomendado, por lo que, en lo sucesivo, esa institución penitenciaria deberá adoptar las medidas tendientes a evitar una excesiva prolongación de los cometidos que disponga, conforme con el criterio contenido en los dictámenes N°s 2.807, de 2001 y 27.504, de 2007, de este origen. Finalmente, en cuanto al otorgamiento de la asignación por cambio de residencia, con motivo de haber modificado su domicilio desde la ciudad de Quillota a la de Valparaíso, es menester expresar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 99 del mencionado texto legal, y tal como se sostuvo en los dictámenes N os 11.517, de 2012 y 26.468, de 2015, de esta procedencia, que su cobro ha de requerirse en el plazo de seis meses contado desde la data en que se hizo exigible, esto es, el día 13 de agosto de 2014 -época de la destinación-, lapso que se interrumpe por el reclamo formal ante el servicio o esta Contraloría General, según se señaló en el dictamen N° 42.307, de 2014, de este origen. Ahora bien, en atención a que en la documentación examinada, aparece que el peticionario solo solicitó el estipendio de que se trata, mediante su presentación en estudio, de fecha 23 de junio de 2015, esto es, una vez vencido el referido plazo, es dable concluir que el eventual derecho a su pago se encuentra prescrito. Transcríbase a Gendarmería de Chile y a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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