Dictamen CGR

Dictamen N° 9913/2011

2011-02-16 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de refrendar pagarés y hojas de prolongación que indica, suscritos por la Universidad de Chile
Aplicado por
Dictamen N° 34583/2012
Aplica dictámenes

N° 9.913 Fecha: 16-II-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de refrendar los 5 pagarés y las 143 hojas de prolongación suscritos por la Universidad de Chile a favor del Banco de Chile, remitidos por carta de fecha 29 de noviembre de 2010, firmada por la ejecutiva de cuentas de esa institución financiera, por cuanto no se ajusta a derecho. Sobre el particular, cumple con observar que no se acompañan antecedentes que respalden los empréstitos contraídos, por lo que no consta que se haya otorgado la autorización para endeudarse, exigida por el artículo 19, letra ñ), del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2006, del Ministerio de Educación, que establece los estatutos de la Universidad de Chile. Además, es necesario advertir que, atendida la data y vigencia de los instrumentos mercantiles anexados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 63, N° 7, de la Carta Fundamental, se requiere de una ley de quórum calificado que autorice la contratación de créditos cuyo vencimiento exceda del término de duración del respectivo período presidencial, sin que conste que dicha norma se haya dictado al efecto. Por su parte, respecto del pagaré N° 1164, de fecha 3 de noviembre de 2010, singularizado en la nómina adjunta, es pertinente manifestar que previo a la refrendación la Universidad debe, además de cumplir con la aludida autorización, aprobar el contrato que lo materialice, mediante acto administrativo sometido a trámite de toma de razón, acorde lo previsto en el artículo 8°, numeral 8.3, de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Órgano de Control, lo que no se ha acreditado. Finalmente, es preciso agregar que documentos como los de la especie deben ser ingresados a este Organismo de fiscalización por las entidades públicas o servicios de la Administración del Estado que los han suscrito y no por particulares sin poder para representarlo, como ocurre en este caso. En razón de lo expuesto se devuelven sin refrendar los pagarés y hojas de prolongación a que alude la presentación referida. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República