Dictamen N° 99457/2015
N° 99.457 Fecha: 16-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Miguel Aguilar Salvo, exfuncionario de la Subsecretaría de Salud Pública, para reclamar que la referida autoridad no tramitó la resolución exenta Nº 129, de 2014, de ese origen, lo que a su juicio, implicaría una transgresión a sus derechos. Al respecto, cabe indicar que el acto administrativo por el que se consulta dispone la encomendación al requirente de la labor de Jefe de Departamento de Gestión Sectorial del Ministerio de Salud. Ahora bien, esa medida no constituye un nombramiento ni un derecho que se incorpore en el patrimonio del funcionario, sino que, por el contrario, reviste solo el carácter de una decisión de buena administración destinada a atender las necesidades públicas o colectivas de una manera regular, continua y permanente, como lo ordenan los artículos 3° y 28 de la ley N° 18.575, y a la que se puede poner término en cualquier momento, como lo precisó el dictamen Nº 3.694, de 2013, de esta procedencia. De lo expresado, es posible inferir que el instrumento por el que se consulta debe ser tramitado internamente por la autoridad, sin que se encuentre sometido a trámite alguno ante esta Entidad Fiscalizadora conforme a lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de este origen, siendo dable añadir que, aparte de su afirmación, el señor Aguilar Salvo, no acompaña ningún elemento de juicio que permita deducir que tal resolución, no haya sido diligenciada por la citada subsecretaría. En mérito de lo expuesto, se rechaza la alegación del peticionario. Transcríbase a la Subsecretaría de Salud Pública. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante