Dictamen N° 10815/2016
N° 10.815 Fecha: 10-II-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Julio López Rodríguez, solicitando que se emita un pronunciamiento que ordene a la Superintendencia de Seguridad Social, aplicar el artículo 64 de la ley N° 19.880, relativo al silencio positivo, a fin de que ese organismo instruya la aprobación de las licencias médicas rechazadas, en atención a los motivos que invoca. Sobe el particular, es dable anotar que mediante el dictamen N° 9.169, de 2015, de este origen, se informó al recurrente, en lo pertinente, que si bien no corresponde que este Organismo Contralor se pronuncie sobre los aspectos técnicos que consideró la aludida Superintendencia de Seguridad Social para confirmar el rechazo de sus licencias médicas, en virtud del control amplio de legalidad que le encomienda el ordenamiento jurídico, era posible concluir que la referida entidad supervisora se sujetó al principio de juridicidad, ya que aquella dio respuesta a sus requerimientos, no obstante advertir que, en lo sucesivo, deberá adoptar las medidas necesarias a objeto de dar mayor celeridad a sus procedimientos. Ahora bien, considerando que los argumentos que el señor López Rodríguez esgrime en esta ocasión no difieren de los tenidos en cuenta al emitir el dictamen citado, procede ratificarlo. Enseguida, en lo relativo al silencio administrativo positivo, es necesario hacer presente que tratándose de impugnaciones o revisiones de actos administrativos, como ocurre en la especie, esta Entidad Fiscalizadora ha sostenido, entre otros, en su dictamen N° 57.879, de 2015, que corresponde aplicar el supuesto del silencio negativo que recoge el artículo 65 de la ley N° 19.880. Siendo ello así, se desestiman las pretensiones del señor López Rodríguez. Transcríbase a la Superintendencia de Seguridad Social. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante