Dictamen N° 11344/2010
N° 11.344 Fecha: 26-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Horacio del Tránsito Palma González, ex trabajador de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, CODELCO, División El Teniente, exonerado político, para solicitar el pago del 25% de participación en las utilidades o gratificaciones por haberse desempeñado en ésta durante 10 años. Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social, manifiesta, en lo pertinente, que la eventual pensión no contributiva, por gracia, que le correspondería al interesado incluyendo el 25% en comento ascendería a la suma de $142.484.-, a contar del 1 de agosto de 2003, monto que sería inferior a la jubilación que le ha sido otorgada en el régimen del ex Servicio de Seguro Social. En este punto, cabe señalar que el artículo 51 del decreto 307, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fijó el texto definitivo del Estatuto de los Trabajadores del Cobre, establece y regula el 25% de participación de sus utilidades o gratificaciones. Ahora bien, en lo relativo al pago de las utilidades o gratificaciones requeridas por el peticionario, es dable indicar que considerando que su desvinculación de Codelco ocurrió el 21 de febrero de 1976, a la fecha, cualquier plazo ordinario, extraordinario o especial que pudo favorecerlo para impetrar su cobro, se encuentra latamente cumplido. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto cabe concluir que al reclamante no le asiste el derecho al pago que impetra, por encontrarse éste prescrito, haciendo presente que el beneficio no contributivo al que podría optar considerando en su cálculo el estipendio que se analiza, conforme lo señalado por la Entidad informante, no le resulta más favorable a sus intereses que la jubilación de la que es actualmente titular. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante