Dictamen CGR

Dictamen N° 1186/2012

2012-01-09 · Municipalidades y administración local y regional · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Para desempeñar un cargo de profesional en alguna municipalidad, se requiere un título profesional de ocho semestres de duración
Aplicado por
Dictamen N° 35695/2014
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N° 1.186 Fecha: 09-I-2012 El Alcalde de la Municipalidad de Talca se ha dirigido a esta Contraloría General para solicitar, por la razón que expone, la reconsideración del oficio N° 7.094, de 2011, de la Contraloría Regional del Maule, mediante el cual se observó el decreto N° 573, de 2011, de esa municipalidad, que designa a la persona que indica, en el cargo y grado que señala, por cuanto el título profesional de Oficial Graduado que aquélla posee, no cumple con el número de semestres mínimo requerido para desarrollar esas labores. Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 12, N° 2, de la ley N° 19.280, dispone que para el ingreso y promoción en los cargos de la planta de profesionales de una municipalidad se requiere estar en posesión de un título profesional universitario o título profesional de una carrera de, a lo menos ocho semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por este. Ahora bien, es dable reiterar que esta Entidad de Control, a través de su dictamen N° 7.446, de 2011, informó que el diploma de Oficial Graduado, conferido por el Instituto Superior de Carabineros de Chile -actual Academia de Ciencias Policiales-, de cuatro semestres de duración, es equivalente a un título profesional universitario. Por consiguiente, y tal como se resolvió en el aludido oficio N° 7.094, de 2011, de esa Contraloría Regional, el mencionado título profesional no tiene el número mínimo de semestres que el citado texto legal establece como necesarios para desempeñar un cargo de profesional en una municipalidad. Lo expuesto no se ve alterado por el hecho que este Organismo Fiscalizador, en su dictamen N° 11.894, de 2011, invocado por esa Corporación, hubiese determinado que el referido diploma será equivalente a un título profesional universitario, toda vez que para servir una plaza de profesional en alguna municipalidad se debe acreditar que los estudios tengan una duración de, a lo menos, ocho semestres, exigencia que no satisface el título de que se trata. Confírmese el oficio N° 7.094, de 2011, de la Contraloría Regional del Maule. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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