Dictamen N° 12221/2010
N° 12.221 Fecha: 05-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Ana del Pilar Bustos Bustos, funcionaria de la Universidad Tecnológica Metropolitana, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniera de Ejecución en Administración, mención Administración Pública, conferido por la Universidad de Los Lagos, que posee, la habilita para percibir el beneficio de asignación profesional contemplado en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974. Sobre el particular, es menester destacar que mediante el dictamen N° 29.858, de 2007, este Organismo de Control determinó que el diploma por el que se consulta, reúne los requisitos propios de un título profesional. Ahora bien, en cuanto al pago de la asignación profesional, se debe indicar que el artículo 1° del D.F.L N° 3, de 1980, del Ministerio de Educación, dispone que las remuneraciones del personal de las Universidades serán fijadas de acuerdo a las normas orgánicas de cada una de ellas, quedando, de este modo, excluidas del sistema de remuneraciones establecido en el decreto ley N° 249, de 1973, a cuya escala corresponde el estipendio en examen. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que la recurrente, como funcionaria de la Universidad Tecnológica Metropolitana, al tener un sistema de remuneraciones diverso al contemplado en el mencionado decreto ley N° 249, no puede recibir la asignación profesional regulada en el referido artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República