Dictamen N° 12222/2019
N° 12.222 Fecha: 06-V-2019 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación de contrato por aumento de recursos de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Explotación de la Obra Vial Concesionada Ruta 5 Tramo Santiago – Los Vilos”, pero cumple con hacer presente que el documento en examen ha sido dictado con retraso, toda vez que data del 15 de abril del año en curso, en circunstancias de que la modificación que aprueba es de fecha 29 de noviembre de 2018. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha señalado reiteradamente respecto de este tipo de acuerdos, entre otros, en los dictámenes N°s 31.850, de 2016, 19.153 y 19.835, de 2018, y 5.195, de 2019, todos de este origen. Por otra parte, cabe anotar que se advierte un error en la identificación del contrato de concesión individualizado en los vistos del acto administrativo en estudio. Otro tanto acontece, en el resuelvo primero que identifica erróneamente el contrato de asesoría objeto de la aludida reprogramación. Asimismo, en cuanto al considerando décimo del instrumento examinado, se entiende que el inicio de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas es a contar del 1 de agosto de 2018, y no como allí se indica. También, es del caso expresar que en el anexo N° 6 del presente convenio, no se consigna la participación de los especialistas a que se refiere el N° 18, Núm.4, del anexo complementario de los términos de referencia -aprobado por la resolución exenta N° 4.269, de 2016, de esa dirección-, a pesar de que éstos sí se encuentran considerados en los anexos N°s 1, 3 y 4 del mismo. Enseguida, es dable expresar que esa repartición deberá rectificar el monto consignado en el precio unitario y, por consiguiente, en el total del ítem “Parlantes de computador” señalado en los anexos N°s 2 y 3 del aludido acuerdo de voluntades, de conformidad con la metodología utilizada para la valorización de los demás recursos reprogramados. Finalmente, en relación al resuelvo séptimo de la resolución examinada, cabe indicar que el monto consignado como gasto corresponde a $236.420.946, y no al que allí se establece. Con los alcances que preceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación