Dictamen N° 12413/2013
N° 12.413 Fecha: 22-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Freddy Luis Contreras Silva, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho a percibir el subsidio de cesantía, atendido que cesó por término del período de su contratación. Sobre el particular, cabe manifestar que la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida en el dictamen N° 20.568, de 2009, señaló que quienes son desvinculados de esa repartición, por la referida causal, pueden percibir dicha ayuda, en la medida en que cumplan con los requisitos que establece el artículo 62 del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, esto es, tener a lo menos, 52 semanas ó 12 meses, continuos o discontinuos de servicios o imposiciones, según corresponda, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía, y estar inscrito en el pertinente registro de cesantes. Por consiguiente, y tal como lo informó esa institución, corresponde que el peticionario, en armonía con lo precisado en el dictamen N° 21.162, de 2010, de este origen, se dirija a la Dirección Nacional de Personal de esa entidad, adjuntando los antecedentes requeridos por la citada normativa, con el objeto que se le conceda el subsidio de cesantía. Finalmente, respecto de lo informado por Carabineros de Chile, en el sentido que el señor Contreras Silva adeudaría la suma total de $ 868.763, por concepto de remuneraciones pagadas en exceso en los meses de enero y febrero de 2012, posteriores a su cese, cumple con indicar que debido a que dicha persona no reviste actualmente la calidad de funcionario, se ha registrado el cargo pecuniario en su contra, con arreglo a lo expresado en el oficio N° 6.148, de 2012, de este Órgano de Control, con el objeto de hacerlo efectivo en los emolumentos que en el futuro pudiese percibir, en el evento que se reincorpore a la Administración. No obstante lo anterior, procede que ese organismo adopte las medidas pertinentes para el cobro de esa suma, y obtenga la restitución de lo adeudado por las vías que procedan, de lo cual deberá informar oportunamente a esta Contraloría General. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante