Dictamen CGR

Dictamen N° 13434/2016

2016-02-19 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Corresponde a la Superintendencia de Pensiones conocer del proceso de calificación de la invalidez de la interesada
Aplicado por
Dictamen N° 888/2019
Aplica dictámenes
Dictamen N° 79447/2016
Aplica dictámenes

N° 13.434 Fecha: 19-II-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Alicia Campos Galleguillos, para reclamar en contra de la Comisión Médica Central de la Superintendencia de Pensiones, ya que esta, tras la apelación por parte de la compañía de seguros respectiva, habría procedido a rebajar su grado de invalidez. Sobre el particular, es dable anotar que según lo establecido en el artículo 47, N° 4, de la ley N° 20.255, le corresponde a la citada superintendencia velar por el cumplimiento de la legislación en lo relativo al proceso de calificación de invalidez para las personas adscritas al sistema de capitalización individual, como acaece en la especie, lo que ha sido confirmado por el dictamen N° 41.205, 2015, entre otros, de este origen, por lo cual no procede que este Órgano de Control revise lo decidido por dicha institución en materias propias de su competencia. En mérito de lo expresado, corresponde desestimar las alegaciones de la peticionaria. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General Subrogante

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 41205/2015
Aplica dictamen