Dictamen CGR

Dictamen N° 14273/2015

2015-02-20 · Municipalidades y administración local y regional · municipal · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Nombramiento de secretario municipal debe realizarse de acuerdo a las normas generales sobre provisión de cargos contempladas en la ley N° 18.883
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N° 14.273 Fecha: 20-II-2015 La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido las presentaciones efectuadas por la Municipalidad de Los Andes y la funcionaria de dicho órgano comunal Jeannette Pino Pizarro, en la cual solicitan un pronunciamiento respecto de la forma de proveer la plaza de secretario municipal, vacante desde el 25 de julio de 2014, lo anterior en el marco de las reformas introducidas por la ley N° 20.742. Sobre el particular, en lo concerniente a la consulta formulada por el ente edilicio, es menester señalar que este Organismo de Fiscalización se ha referido a la materia a través de los dictámenes N°s. 41.047 y 84.772, ambos de 2014 -los cuales se adjuntan-, que concluyeron que para los efectos de la provisión del cargo en comento, corresponde aplicar la normativa que contempla el Título II, Párrafo IV, artículos 51 y siguientes de la ley N° 18.883, esto es, por ascenso de quien tenga derecho a ello, y excepcionalmente por concurso, cuando no pueda operar la modalidad anterior. En consecuencia, la provisión del cargo de Secretario Municipal de la Municipalidad de Los Andes deberá realizarse conforme a las normas citadas anteriormente. Transcríbase a la señora Jeannette Pino Pizarro, y a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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