Dictamen CGR

Dictamen N° 14925/2014

2014-02-26 · Salud pública y personal de salud · municipal · Vigente
Sumario. Sobre la procedencia de contratar a médicos que no tengan aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina por las razones que indica
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Dictamen N° 36125/2015
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Dictamen N° 99791/2014
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N° 14.925 Fecha: 26-II-2014 Don Wladimir Díaz Cea, médico, solicita la reconsideración del criterio contenido en el oficio N° 5.348, de 2013, de la Contraloría Regional del Bío-Bío y del oficio del Servicio de Salud Bío-Bío que indica, por cuanto este le impediría seguir desempeñándose en el establecimiento de atención primaria de salud municipal a que alude. Añade, que se graduó en Cuba y que actualmente trabaja en la Municipalidad de Los Ángeles, con una autorización otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Bío-Bío, habiendo aprobado en diciembre de 2012 la parte teórica del Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), mientras se encuentra pendiente su etapa práctica. Por su parte, la Secretaria Regional Ministerial de Salud del Bío-Bío hace presente la situación de don Argelio Santana Cano, médico extranjero que se desempeña en un establecimiento de atención primaria de salud de la comuna de Pinto, que al igual que el anterior solo le resta superar la parte práctica del EUNACOM, en donde ha rendido satisfactoriamente dos de los cuatro exámenes que comprende esa fase. Agrega, que en conformidad al criterio expresado en el indicado oficio N° 5.348, se abstendrá de otorgar nuevas autorizaciones para incorporar profesionales que no cuenten con el EUNACOM aprobado, sin perjuicio de lo cual, solicita su reconsideración en atención a lo complejo que resultaría para la atención primaria de salud la contratación de médicos cirujanos que se desempeñen en lugares remotos, rurales y de difícil acceso. A su vez, el Alcalde de la Municipalidad de San Ignacio también requiere la revisión del pronunciamiento en comento, con la finalidad que se permita la continuidad de las labores de don Francisco Javier Fuentealba Uribe -quien no contaría con el señalado examen-, como médico del Centro de Salud Familiar de esa comuna, considerando la especial situación que enfrentan las zonas rurales para contar con profesionales de la salud. Requerido su informe, el Ministerio de Salud manifiesta que le corresponde proveer las prestaciones que necesiten los beneficiarios del Sistema Público de Salud, para lo cual es importante lo que resolviera esta Contraloría General en relación a la reconsideración presentada por esa Cartera de Estado respecto del oficio de la Contraloría Regional de Tarapacá que indica, lo que permitiría unificar los criterios y procedimientos asociados a la autorización de ejercicio de personas tituladas en el extranjero y su incorporación a los organismos del sector público de salud. En ese contexto, se hace presente que mediante el dictamen N° 83.399, de 2013, esta Entidad de Control complementó el pronunciamiento a que alude esa Secretaría Ministerial y que, en lo pertinente, precisó que la intención del legislador fue establecer el requisito de la aprobación del EUNACOM respecto de cualquier forma de ejercicio profesional de la medicina en los establecimientos de atención primaria de salud municipal. Sin embargo, agrega tal oficio que “esta Contraloría General no puede abstraerse de la circunstancia de que, tal como lo plantea el Ministerio de Salud y aparece de la documentación tenida a la vista, en zonas alejadas de nuestro país, hay una escasez de médicos.”. Así, concluye el dictamen en análisis, que en atención a los principios de servicialidad, continuidad, eficiencia y eficacia, que informan el actuar de la Administración, ha sido admisible en situaciones especiales que el ‘Sistema Público de Salud’ haya recurrido a la contratación de médicos que no habían rendido y aprobado el EUNACOM, en las condiciones por las que se consultó en esa oportunidad, debiendo el Ministerio de Salud adoptar “las medidas tendientes a procurar que, en la oportunidad en que ello sea posible, se regularice la situación de dichos médicos.”. Consecuente con lo expuesto, esta Contraloría General entiende que a partir de la emisión del consignado oficio N° 83.399, los profesionales de que se trata pueden ejercer sus labores en los establecimientos de salud antes referidos, para lo cual la autoridad de salud deberá tener en consideración el resultado final obtenido en el EUNACOM correspondiente al año 2013 o en anualidades anteriores, y para quienes no hayan rendido tal examen adoptar las medidas tendientes a regularizar esa situación en los términos antes expuestos. Transcríbase a don Wladimir Walter Díaz Cea, al Ministerio de Salud, al Servicio de Salud Bío-Bío, a la Municipalidad de San Ignacio y a la Contraloría Regional del Bío-Bío. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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