Dictamen N° 17328/2010
N° 17.328 Fecha: 05-IV-2010 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 1.281, de 2009, que aprueba el convenio suscrito entre la Universidad de Chile y el Centro Español Intermedio de Capacitación PROFORMA, para la prestación del servicio de administración de la franquicia tributaria para capacitación correspondiente al año 2009, atendidas las consideraciones que a continuación se detallan. Al respecto, se debe consignar que el convenio en análisis se adjudicó en la propuesta pública cuyas bases fueron aprobadas por la resolución N° 751, de 2006, y posteriormente modificadas por la resolución N° 321, de 2007, ambas de la Universidad de Chile, actos administrativos que, a la luz de la evolución legislativa y jurisprudencial, omiten regular una serie de aspectos que en la actualidad son considerados esenciales en los procedimientos concursales de esta naturaleza. En este contexto, corresponde observar, en armonía con lo manifestado por este Organismo Contralor, mediante los dictámenes N os 50.609, de 2008, y 5.312, de 2009, que el pliego de condiciones aludido no considera las modificaciones a la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, incorporadas por la ley N° 20.238, ni las introducidas por el decreto N° 1.763, de 2008, al reglamento de la citada ley de bases, contenido en el decreto N° 250, de 2004, todos del Ministerio de Hacienda, por cuanto dicha omisión, en la medida que incide en aspectos fundamentales de las licitaciones, determina que el procedimiento licitatorio respectivo no se haya ajustado a derecho. Por consiguiente, procede dejar sin efecto el procedimiento concursal de que se trata y convocar a una nueva licitación, debiendo aprobarse, al efecto, las bases administrativas pertinentes, sometidas al trámite de toma de razón. En atención a las consideraciones expuestas, se devuelve sin tramitar el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República