Dictamen N° 17363/2014
N° 17.363 Fecha: 10-III-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don Sergio Figueroa Cubillos solicitando el cumplimiento de la sentencia de 24 de abril de 2013 emitida por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en causa R.I.T. O-547-2012, R.U.C. 12-4-0041099-0, que acogió una demanda interpuesta en contra de la Municipalidad de La Cisterna. Sobre el particular, es necesario señalar que en conformidad con lo previsto en el artículo 76 de la Constitución Política de la República, la facultad de conocer las causas civiles y criminales, de resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos en la ley, precepto que debe interpretarse armónicamente con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de este Órgano de Control, que dispone que esta Entidad de Fiscalización no intervendrá ni informará los asuntos que, por su naturaleza, sean propiamente de carácter litigioso o estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia. Pues bien, en concordancia con lo expresado, cumple manifestar que esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto este incide, en definitiva, sobre la ejecución de la sentencia antes referida, materia cuyo conocimiento compete exclusivamente a los tribunales de justicia (aplica dictamen N° 45.291, de 2013). Saluda atentamente a ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República