Dictamen CGR

Dictamen N° 17927/2017

2017-05-17 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Atiende consulta relativa a procedencia de devoluciones a herederos de cotizaciones al fondo de retiro enteradas en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional
Aplicado por
Dictamen N° 21334/2017
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N° 17.927 Fecha: 17-V-2017 La Superintendencia de Pensiones ha remitido a esta Contraloría General una presentación del señor diputado Patricio Vallespín López, en representación de don Pedro Rubio Chavarría, consultando si procede que la Caja de Previsión de la Defensa Nacional le devuelva las cotizaciones previsionales que registra el padre de ese último, el señor Washington Rubio Sobarzo, actualmente fallecido. Sobre el particular, se debe precisar que tanto en la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, como en el decreto con fuerza de ley N° 31, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional, Ley Orgánica de esa entidad previsional, no se contempla ningún precepto que permita devolver a los herederos de un imponente de la referida caja las cotizaciones enteradas en el fondo de retiro. Al respecto, es dable indicar que este Órgano de Control, en sus dictámenes N os 59.515 y 93.531, de 2015, entre otros, informó que las imposiciones que se efectúan en las entidades con régimen de reparto, como ocurre con la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, tienen por objetivo contribuir a un fondo común que financie los beneficios correspondientes, sin que exista, por lo tanto, una titularidad de los cotizantes sobre esas sumas, no procediendo su reintegro. En atención a lo expuesto, se concluye que el interesado no tiene derecho a la devolución de las imposiciones que pretende. Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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