Dictamen CGR

Dictamen N° 18553/2012

2012-03-30 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre toma de razón de la resolución N° 628, de 2011, de la Dirección de Vialidad, que aprueba la liquidación el contrato que se indica
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N° 18.553 Fecha: 30-III-2012 Don Kenneth Maclean Luengo, en representación, según expone, de Leandro Sembler e Hijo S.A., solicita que esta Entidad de Control “declare su incompetencia para conocer, intervenir e informar del trámite de Toma de Razón” de la resolución N° 626, de 2011, de la Dirección de Vialidad, que aprobó la liquidación del contrato de obra “Mejoramiento Ruta D-557, Juntas-Central Los Molles, sector Juntas-Rapel, Tramo Km. 0,000 al Km. 13,28846, IV Región”, por cuanto actualmente existiría un proceso judicial ante el Noveno Juzgado Civil de Santiago en el cual se estarían discutiendo los mismos hechos materia de ese control de legalidad. Al respecto, cabe consignar, en armonía con la reiterada jurisprudencia administrativa -contenida, vgr., en los dictámenes N os 13.362, de 1984; 9.414, de 1993; 12.305, de 1994; 301, de 1997; 366, de 2000, 4.437 y 48.301, ambos de 2005 y 59.181, de 2009, todos de este Órgano Contralor-, que la circunstancia de encontrarse un asunto sometido al conocimiento de los Tribunales de Justicia no constituye, por los motivos que en dicha jurisprudencia se desarrollan, impedimento para que la Contraloría General, en el ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, se pronuncie sobre la juridicidad de un decreto o resolución a través del trámite de toma de razón. Precisado lo anterior, cumple con anotar que la citada resolución N° 626, de 2011, fue objeto de control previo de juridicidad por parte de este Órgano de Fiscalización, tomándose razón de ella con el alcance contenido en el oficio N° 8.236, de 9 de febrero del presente año, en el sentido de que, en lo sucesivo, la Dirección de Vialidad deberá adoptar medidas para evitar que en contrataciones como la de la especie ocurran situaciones tales como nombramiento tardío de la comisión de recepción y la realización en un mismo acto de la recepción provisoria y definitiva, según se advierte de los antecedentes acompañados. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación

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