Dictamen CGR

Dictamen N° 18574/2017

2017-05-23 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La Subsecretaría de Transportes deberá informar el estado de avance en la tramitación del decreto supremo que autoriza levantar la vía férrea y cambiar de ubicación la estación de la ciudad de Valdivia

N° 18.574 Fecha: 23-V-2017 A través del oficio N° 80.966, de 2016, esta Contraloría General solicitó a la Subsecretaría de Transportes que informara las medidas adoptadas con respecto a la carta GG-332/2016, de 7 de septiembre del mismo año, mediante la cual la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) requirió a la cartera del ramo la emisión del correspondiente acto administrativo que diera cuenta de la autorización del Presidente de la República para levantar la vía férrea y cambiar de ubicación la estación de la ciudad de Valdivia, en cumplimiento de los dictámenes N os 37.740, de 2014, y 58.876, de 2016, de este origen. En respuesta al antedicho oficio N° 80.966, la citada subsecretaría de Estado -en una anterior presentación, identificada con la referencia N° 237.685, de 2016- manifestó que con fecha 24 de octubre de ese año, por correo electrónico, pidió a la EFE “información complementaria, necesaria para la debida comprensión y dictación del acto administrativo en trámite”, añadiendo que “una vez recepcionada la información se procederá a su consolidación y se continuará con la tramitación del Decreto Supremo”. En relación con lo expresado, a través de su oficio N° 395, de 2017, esta entidad fiscalizadora, atendiendo la presentación indicada en el párrafo que precede, requirió a la Subsecretaría de Transportes que informara acerca del estado de avance en la tramitación del aludido decreto supremo. Ahora bien, en esta oportunidad, dicha subsecretaría expone que con fecha 22 de diciembre de 2016, se le remitieron los planos que había solicitado y que, luego de ello, se llevaron a cabo reuniones con la EFE, a fin de comprender el detalle de tales documentos. Señala, además, que “Analizados los antecedentes recopilados y teniendo en vista la importancia a nivel regional que representa el ramal Antilhue-Valdivia a nivel turístico y patrimonial, se hace necesario antes de la tramitación administrativa conformar mesas técnicas con las autoridades de la Región de los Ríos, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones”. Enseguida, agrega que las referidas mesas técnicas “tendrán como finalidad dar una solución integral que conecte a la antigua estación Valdivia con el trazado ferroviario afectado y que esté en armonía con las actuaciones de los organismos públicos sobre esta materia”. Termina indicando que una vez que “concluyan las mesas mencionadas informaremos de los avances y sus resultados a Contraloría General de la República”. Al respecto, y sin perjuicio de hacer presente que no se aprecia la justificación que haría necesaria la conformación de las reseñadas mesas técnicas en forma previa a la dictación del correspondiente decreto supremo -si se considera que esta última medida tiene por objeto subsanar la ausencia de aquel instrumento en el situación analizada en los dictámenes N os 37.740, de 2014, y 58.876, de 2016-, se ha estimado menester que la Subsecretaría de Transportes informe a la Coordinación Nacional de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de la División de Auditoría de este organismo contralor, sobre el estado de avance en la tramitación del citado acto administrativo, en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción de este oficio. Transcríbase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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