Dictamen CGR

Dictamen N° 19748/2014

2014-03-18 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Autoridad que resuelve un sumario se encuentra facultada para ordenar la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento en la tramitación de un proceso disciplinario
Aplicado por
Dictamen N° 69277/2016
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N° 19.748 Fecha: 18-III-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Fernando Pizarro Franco, fiscal en un sumario administrativo instruido por mandato de la Dirección del Complejo Hospitalario San José, para consultar si corresponde que la autoridad de dicho organismo le ordenara reabrir el proceso, pese a que ya formuló los cargos contra el inculpado, quien no presentó descargos, por lo que dictó la pertinente vista fiscal y, en consecuencia, estima, que no puede continuar una indagación que no tendría diligencias pendientes. Al respecto, conviene precisar que de acuerdo con lo establecido en el artículo 140, inciso segundo, de la ley N° 18.834, y lo informado por la reiterada jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 17.540, de 2008 y 81.864, de 2013, ambos de este origen, una vez emitida la vista fiscal, la autoridad que deba resolver el sumario podrá ordenar la realización de nuevas diligencias o la corrección de vicios de procedimiento, por lo que en ese sentido, la reapertura de la investigación dispuesta por el director de ese centro hospitalario se enmarcó dentro de las facultades que se le entregan conforme a lo dispuesto en la norma antes citada. Por las razones expuestas, se concluye que no se advierte irregularidad alguna en lo obrado por esa superioridad. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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