Dictamen CGR

Dictamen N° 21316/2020

2020-07-23 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Corresponde al Ministro de Educación aplicar la medida disciplinaria de destitución respecto del personal de su dependencia, salvo que haya delegado expresamente esta atribución

Nº E21316 Fecha: 23-VII-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Ministerio de Educación, para solicitar un pronunciamiento que determine cuál es la autoridad llamada a aprobar un sumario en que se propone la destitución de un funcionario de un Departamento Provincial de Educación o de una Secretaría Regional Ministerial de Educación. Señala que algunos Secretarios Regionales Ministeriales consideran que son ellos los llamados a afinar tales procesos y no el Subsecretario de Educación, fundándose en una delegación de facultades que se adjunta, en la que, según puntualiza, no se ha delegado la atribución para aplicar la referida medida expulsiva, sino solo la de efectuar la designación del personal que ahí se indica. Al respecto, el inciso primero del artículo 140 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, ordena que, tratándose de la sanción disciplinaria de destitución, los antecedentes se eleven a la autoridad facultada para hacer el nombramiento. Luego, el artículo 14, inciso segundo, del citado texto legal, establece que los Ministros deben efectuar el nombramiento respecto de los empleos de su dependencia. En atención a esta preceptiva, que rige desde el 23 de septiembre de 1989 -fecha de publicación en el Diario Oficial de ese texto estatutario-, corresponde al respectivo Ministro aplicar la medida disciplinaria de destitución a los servidores de la Secretaría de Estado de que se trate, salvo que dicha autoridad delegue expresamente esta atribución. En armonía con lo anterior, la jurisprudencia de este origen, contenida en los oficios Nos 40.481, de 2017 y 2.638, de 2020, que representaron resoluciones de la Subsecretaría de Educación que aplicaban la medida disciplinaria de destitución a los funcionarios que indican, señala que le corresponde al Ministro de Educación y no al Secretario Regional Ministerial de Educación ni al Subsecretario de Educación, aplicar la medida disciplinaria de destitución a los servidores de la Secretaría de Estado, considerando que dicha atribución no se encuentra delegada en la especie. En efecto, cabe señalar que de la lectura de la resolución N° 10, de 2012, del Ministerio de Educación, que se acompaña a la consulta -resolución que, por cierto, es posterior a la entrada en vigencia del antes referido Estatuto Administrativo-, no se advierte que se haya delegado en el Subsecretario de Educación ni en los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación, la atribución para aplicar la sanción de destitución respecto del personal que se encuentran facultados para designar. En este sentido, se debe tener presente que de tal resolución delegatoria no puede inferirse que esas autoridades sean las competentes para aplicar una medida expulsiva, toda vez que dicha potestad, propia del Ministro respecto del personal de su dependencia, no les fue delegada expresamente, sin que la circunstancia de haberse delegado la facultad de designar al personal que en ella se indica, lleve implícita la facultad de destituirlo, en armonía con lo manifestado en el dictamen N° 23.520, de 1991, de este origen. En consecuencia, en virtud de lo expuesto, corresponde señalar que la aplicación de una medida expulsiva debe ser resulta por el Ministro de Educación respecto del personal de su dependencia y no por el Subsecretario de Educación o los respectivos Secretarios Regionales Ministeriales de Educación, puesto que al no existir una delegación expresa para dicho efecto, tales autoridades no pueden actuar fuera del ámbito de sus competencias, tal como se manifestó en los oficios antes citados. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 40481/2017
Aplica dictámenes
Dictamen N° 2638/2020
Aplica dictámenes