Dictamen CGR

Dictamen N° 2197/2010

2010-01-14 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Vigente
Sumario. Devuelve resolución 806/2009 de la Dirección de Vialidad que aprueba bases de precalificación para el registro especial de contratistas destinado a la licitación de la obra que indica, por cuanto no corresponde la participación de empresas no inscritas en el Registro de Obras Mayores del Ministerio de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 49495/2012
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Dictamen N° 28733/2011
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N° 2.197 Fecha :14-I-2010 La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 806, de 2009, de la Dirección de Vialidad, que aprueba bases de precalificación para el registro especial de contratistas destinado a la licitación de la obra “Mejoramiento Camino Costero, Sector Tirúa-Límite Regional, Región del Bío Bío”, por cuanto no corresponde que la participación de empresas no inscritas en el Registro de Obras Mayores del Ministerio de Obras Públicas, se condicione a la formación de un consorcio con alguna empresa inscrita en dicho registro, según lo dispuesto en el punto 3.3 del mismo pliego de condiciones. Lo anterior, atendido que dicha restricción no se ajusta a los principios de libertad de asociación y de no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica, consagrados en el artículo 19 N os 15 y 22, de la Constitución Política de la República, respectivamente, al impedir la postulación independiente y directa de empresas no inscritas (aplica criterio contenido en el oficio N° 68.788, de 2009, de esta Contraloría General). Por otra parte, se advierte que los documentos señalados en el punto 5.3 de las bases administrativas, en relación con los participantes no inscritos en el Registro de Contratistas ya mencionado, resultan insuficientes para comprobar si reúnen los niveles de experiencia exigidos en los artículos 17 y siguientes del decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aplicables de acuerdo con lo prescrito en el punto 3.3 de las mismas bases. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Abogado Jefe División de Infraestructura y Regulación

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