Dictamen N° 2204/2015
N° 2.204 Fecha: 12-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Gloria Gómez Sepúlveda, funcionaria de la Superintendencia de Seguridad Social, reclamando nuevamente por la falta de promoción que la afecta y para que se determine si le corresponde supervisar el trabajo de empleados que poseen un mejor grado que ella. En su informe, el citado organismo manifestó que la señora Gómez Sepúlveda no reúne la exigencia legal que señala para mejorar su posición remuneratoria, y que ella sólo controla el trabajo de servidores que tienen grados inferiores o iguales al suyo. En primer término, resulta útil anotar que las impugnaciones de la recurrente ya fueron expuestas en idénticos términos a esta Institución de Control, resolviéndose en los dictámenes N os 49.627, de 2013 y 58.135, de 2014, de este origen, en lo que atañe a la omisión de una eventual promoción, que si bien aquélla pudo, en forma excepcional, ser encasillada en el cargo que ocupa, pese a no cumplir con el requerimiento educacional necesario para ello, actualmente no existe norma legal que permita eximirla de la referida condición académica para disponer su promoción, por lo que se rechaza el reclamo formulado en ese sentido. Enseguida, y en lo que se refiere a la segunda alegación, cabe reiterar, según se informó en el citado dictamen N° 58.135, de 2014, que si bien ello implicaría una contravención al principio de jerarquía administrativa, en cuya virtud quien debe desarrollar tareas de supervisión -como las que ejercería la ocurrente-, es el funcionario de mejor grado remuneratorio, motivo por el cual se señaló que el aludido servicio debía adoptar las medidas para regularizar la situación en comento, lo que, según lo comunicado por éste, se encuentra normalizado. Transcríbase a la Superintendencia de Seguridad Social. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República