Dictamen CGR

Dictamen N° 22212/2014

2014-03-28 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de un asunto de carácter litigioso
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N° 22.212 Fecha: 28-III-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Luis López Ávila, reclamando en contra de la Municipalidad de Lo Espejo porque esta no le ha pagado los honorarios pactados en el contrato aprobado mediante el decreto alcaldicio N° 2.132, de 5 de noviembre de 2012, no obstante que, según expone, cumplió con su cometido e hizo entrega de los informes N°s. 1 y 2; de las boletas N°s. 42 y 43, y del correspondiente estudio final, documentos que anexa a su presentación, por lo que solicita se ordene a la entidad edilicia que le entere lo adeudado. Requerido el municipio, este señaló que la Dirección de Asesoría Jurídica devolvió los aludidos reportes, porque estimó que con ellos el peticionario no había dado cumplimiento a lo establecido en el contrato, en orden a “Elaborar un estudio, que dé cuenta del desarrollo en la comuna de Lo Espejo del Proyecto de Reposición de Luminarias Públicas, proponiendo medidas para el término del mismo desde el punto de vista técnico y administrativo”. Añadió que en los antedichos informes no se especificaron acciones concretas ni el estado de avance del estudio, siendo insuficientes para acreditar el desempeño efectivo de su cometido, y que el aludido informe final no fue conocido por ese ente edilicio, todo lo cual hizo imposible cursar el pago de sus servicios. Sobre el particular, cumple manifestar que el asunto planteado constituye un problema suscitado a consecuencia de la celebración de un contrato, cuya resolución implica dilucidar cuestiones de hecho, tales como la efectiva ejecución de las tareas cuyo pago requiere el ocurrente. En mérito de lo expuesto, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6 o de la ley N o 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que, como el de la especie, revisten el carácter de litigiosos (aplica criterio contenido en dictamen N° 39.542 de 2010). Transcríbase a la Municipalidad Lo Espejo. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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