Dictamen CGR

Dictamen N° 23334/2015

2015-03-25 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 23.334 Fecha: 25-III-2015 Carabineros de Chile ha remitido el sumario administrativo instruido con motivo del extravío de un bastón retráctil que utilizaba su exfuncionario, señor Rodrigo Alonso Cartes Henríquez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. En este sentido, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 25 de junio de 2011, ese exservidor, acompañado de otro empleado, se dirigió hasta una vivienda particular ubicada en calle Miraflores, en la comuna de San Antonio, con la finalidad de verificar una denuncia por violencia intrafamiliar. Al momento de retirarse, fueron alertados de que en un inmueble cercano se estaba produciendo una riña, por lo que concurrieron a esa propiedad, en la que, para detener a los participantes en ella, el mencionado exempleado usó el referido elemento de seguridad, percatándose, con posterioridad, que no lo portaba, efectuando su búsqueda, sin que el mismo fuese encontrado. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 2052507, de 2012, del Departamento Armamento y Municiones, ascenderían a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $14.238, a la data de su extravío), determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 9, de 2015, dar de baja esa especie. Ahora bien, el anotado precepto legal permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida o detrimento de los bienes que indica, en la medida que ello no se deba a su culpa o negligencia. De esta manera, si bien, en la especie, se dan los presupuestos que permitirían exonerar de dicha responsabilidad al señor Rodrigo Alonso Cartes Henríquez, esto no resulta procedente, ya que actualmente no posee la calidad de funcionario, tal como se informó, para situaciones similares, en los dictámenes N os 54.020, de 2010 y 75.343, de 2012, de esta procedencia. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

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