Dictamen N° 24070/2010
N° 24.070 Fecha: 06-V-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Giovanna Ponce Cancino, ex funcionaria de la Municipalidad de Renca, reclamando que esa corporación le impide el ingreso a su lugar de trabajo, en circunstancia que se encontraría aún pendiente el recurso de reclamación que interpusiera ante este Órgano de Control en virtud del artículo 156, de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, en contra de la medida disciplinaria de destitución dispuesta en su contra. En relación con la alegación deducida por la interesada, cumple con remitirle para su conocimiento, fotocopia del dictamen N° 13.458, de 15 de marzo de 2010, a través del cual esta Entidad Fiscalizadora, desestimó el recurso de reclamación que presentó en contra de la medida expulsiva que le impusiera el mencionado municipio mediante el decreto N° 1.987, de 2009, al concluir, en síntesis, que el sumario administrativo instruido al efecto se ajusta a la normativa jurídica pertinente. Además, es necesario precisar que los decretos alcaldicios que aplican sanciones, rigen in actum, esto es, desde la fecha de su notificación al afectado -en armonía con lo establecido en el artículo 51, inciso segundo, de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado-, lo que en la especie, de acuerdo a lo establecido en el aludido pronunciamiento, habría acontecido el 4 de agosto de 2009, por lo que desde esa data la recurrente se encuentra desvinculada de la Municipalidad de Renca, sin que la eficacia jurídica del correspondiente acto administrativo haya quedado supeditada, en la especie, a la resolución, por parte de este Ente Contralor, del aludido recurso de reclamación (aplica criterio contenido en los dictámenes N° s 46.174, de 2007 y 11.542, de 2010). Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República