Dictamen CGR

Dictamen N° 25045/2012

2012-05-02 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Prórroga extemporánea de una contrata, dispuesta por un período menor al indicado en la intranet de la entidad, vulneró el principio de seguridad jurídica de la afectada
Aplicado por
Dictamen N° 57868/2015
Aplica dictámenes
Dictamen N° 69301/2014
Aplica dictamen
Dictamen N° 36372/2013
Aplica dictámenes
Dictamen N° 59178/2012
Confirma dictamen

N° 25.045 Fecha: 02-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Carolina Andrea Julio Albornoz, ex funcionaria a contrata de la Universidad Tecnológica Metropolitana, para solicitar la reconsideración del oficio N° 64.314, de 2011, de este origen, el cual concluyó que se encontraba ajustada a derecho la decisión de la autoridad en orden a renovar su contrata sólo hasta el 5 de junio de 2011. Sobre el particular, es dable precisar que la actual petición de la recurrente se fundamenta en que, en su opinión, su contratación fue prorrogada originalmente hasta el mes de diciembre de 2011, lo que se encuentra avalado por la impresión digital del sistema Intranet de esa casa de estudios superiores, que acompaña. Al respecto, cabe advertir que, según aparece de los registros de esta Institución Fiscalizadora, la última renovación de los servicios de la afectada fue dispuesta en forma extemporánea, a través de la resolución N° 2.465, de 31 de mayo de 2011, de la anotada repartición, la que se extendió entre el 1 de enero y el 5 de junio de ese año, documento que, por encontrarse exento de toma de razón, no fue objeto de un control de juridicidad, sino tan solo de una anotación material por parte de este Organismo Contralor. Asimismo, de los antecedentes aportados se comprueba que desde el inicio del año 2011, la afectada continuó desarrollando labores como profesional, en diversas unidades del servicio, hasta la fecha en que se vio compelida a abandonar sus funciones por causa del acto administrativo que impugna, y que con anterioridad a la emisión de este instrumento, en los registros electrónicos de personal, consultados oportunamente por la recurrente, ésta figuraba contratada hasta el 31 de diciembre de 2011, atendido lo cual, se formó la legítima convicción de su continuidad en la institución por ese año completo. En ese entendido, la aludida prórroga, cuya ilegalidad fue reclamada oportunamente por la afectada ante este Órgano de Control tan pronto tomó conocimiento de ella, al haber sido dispuesta por un período inferior a aquel informado por el propio servicio en su página virtual, ha vulnerado el principio de seguridad o certeza jurídica, que debe seguir el accionar de la Administración, y por tanto, es contraria a derecho. En estas condiciones procede acoger la petición de reconsideración formulada, debiendo la Universidad en cuestión, pagar a la señora Julio Albornoz las remuneraciones del período en que estuvo separada indebidamente de sus funciones, esto es, entre el 6 de junio y el 31 de diciembre de 2011. Reconsidérase el dictamen N° 64.314, de 2011, de esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 64314/2011
Reconsidera dictamen