Dictamen N° 25479/2016
N° 25.479 Fecha: 06-IV-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro mediante el cual se aprueba el contrato suscrito vía trato directo entre el Servicio Médico Legal y la empresa que se singulariza, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esa entidad también podrá disponer el término anticipado del acuerdo de voluntades en caso de verificarse alguna de las causales previstas en los artículos 13 de la ley N° 19.886, y 77 de su reglamento contenido en el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y no solo por aquellas a que alude la cláusula sexta del referido convenio (aplica dictamen N° 94.484, de 2015). Con el alcance que antecede se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República