Dictamen N° 26466/2015
N° 26.466 Fecha: 06-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor César Alejandro Álvarez Sierpe, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando el pago de los viáticos que se le adeudarían por una comisión de servicios que realizó entre el 27 y el 31 de marzo de 2009. Sobre el particular, cabe manifestar, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46, letra b), del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa entidad policial, que sus empleados gozarán del aludido beneficio, el que será otorgado de acuerdo con la ley que rige a la Administración Civil del Estado. En este sentido, cumple con señalar, según lo establecido en el artículo 99 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie, como se precisó en el dictamen N° 56.018, de 2009, de este origen-, que el mencionado estipendio prescribe en el plazo de seis meses contado desde la fecha en que se hizo exigible. De esta manera, atendido que en la documentación examinada, aparece que sólo a través de la presentación efectuada ante esta Contraloría General, el día 23 de marzo de 2015, el interesado reclamó el entero de los pertinentes viáticos, vale decir, una vez transcurrido el indicado lapso, cabe concluir que la posibilidad de obtener su pago se encuentra prescrita. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General