Dictamen N° 2707/2017
N° 2.707 Fecha: 26-I-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Puente Alto, denunciando que la Gobernación de la Provincia de Cordillera autorizó la realización de un acto de cierre de campaña electoral en el tramo que indica de la calle Concha y Toro, de esa comuna, en circunstancias que éste, según expresa, no estaría contemplado dentro de la nómina de los lugares públicos autorizados para efectuar propaganda electoral, contraviniendo de tal manera lo dispuesto en los artículos 30 y 32 de la ley N° 18.700. Considerando que la materia sobre la cual se ha solicitado pronunciamiento se encuentra dentro del ámbito de atribuciones del Servicio Electoral, cumple esta Entidad Fiscalizadora con remitir a ese organismo los antecedentes de la referencia para los fines procedentes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880; a lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico, y a lo concluido en los dictámenes N°s. 75.318 y 89.834, ambos de 2016, también de esta procedencia. Transcríbase a la entidad recurrente. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Camilo Mirosevic Verdugo Jefe División Jurídica