Dictamen N° 27154/2017
N° 27.154 Fecha: 24-VII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y la superioridad de ese último organismo, solicitando un pronunciamiento que determine los efectos que ha producido la renuncia del señor David Peralta Anabalón al cargo que este ocupaba, y si procede realizar un concurso para proveerlo. Por otra parte, don David Peralta Anabalón y el señor Pedro Aguerrea Mella informan, separadamente, que sobre la materia indicada en el párrafo precedente existe una sentencia pronunciada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, razón por la cual el primero pide que este Ente de Control se abstenga de emitir un pronunciamiento sobre la materia, mientras que el segundo solicita representar cualquier acto administrativo que pretenda proveer el cargo de fiscal de la Superintendencia de Servicios Sanitarios que ocupa el señor Peralta Anabalón. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes tenidos a la vista consta que el señor Peralta Anabalón, en relación con idéntica materia por la que aquí se consulta, interpuso un recurso de protección ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago (causa rol N° 117.230-2016), el que fue acogido por sentencia de fecha 21 de febrero de 2017, resolviendo dejar “sin efecto su desvinculación a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en el grado 2° de la planta directiva, cargo en el cual debe ser reintegrado en forma inmediata”. Dicha resolución judicial fue confirmada por la Excelentísima Corte Suprema, mediante sentencia de fecha 12 de abril de este año, pronunciada en causa rol N° 7.978-2017. En este sentido, cabe recordar que de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, a este Organismo de Control no le corresponde intervenir ni informar los asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo cual no solo es válido para las causas cuya resolución se encuentra pendiente, sino también respecto de aquéllas en que se ha dictado sentencia definitiva, como acontece en la especie (aplica dictamen N° 41.516, de 2016, de este origen). En mérito de lo expuesto, esta Contraloría General se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido. Transcríbase a los señores David Peralta Anabalón y Pedro Aguerrea Mella, a la Asociación Nacional de Funcionarios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y a la Dirección Nacional del Servicio Civil. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Camilo Mirosevic Verdugo Jefe División Jurídica