Dictamen CGR

Dictamen N° 27981/2016

2016-04-14 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Falta de fundamentos en el acuerdo de la junta evaluadora vicia la calificación
Aplicado por
Dictamen N° 34344/2017
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N° 27.981 Fecha: 14-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Jéssica Pavez Fuentes, funcionaria del Hospital de Enfermedades Infecciosas Dr. Lucio Córdova, reclamando contra su evaluación obtenida en el periodo 2014-2015, atendido que el acuerdo de la Junta Calificadora carecería de fundamentos. Requerida al efecto, la aludida entidad acompañó la documentación atingente al caso. Sobre el particular, es dable recordar que de conformidad con el artículo 46 de la ley N° 18.834, los acuerdos del anotado órgano, deben ser siempre fundados, lo que esta Institución Fiscalizadora, en su dictamen N° 60.601, de 2012, ha entendido como la necesidad de que se señalen, respecto de todos los factores y subfactores, los antecedentes y consideraciones que determinen las notas asignadas a cada uno de esos componentes, expresando y dejando constancia de sus propias razones y juicios acerca de la labor de los empleados que evalúa. Pues bien, en la especie se observa que el acuerdo de la citada junta, no cumple con los mencionados supuestos, ya que se limitó a establecer que bajaba las notas en algunos subfactores en base a antecedentes aportados por sus miembros, sin detallar cuáles serían éstos y las circunstancias que le permitieron alcanzar esa conclusión. Por consiguiente, se acoge el reclamo interpuesto, debiendo la autoridad retrotraer la calificación de la peticionaria al estado de adoptar debidamente la decisión a que se ha hecho referencia, sin desmedro de los demás trámites que posteriormente procedan. Finalmente, en lo que dice relación con el vicio que, en concepto de la recurrente, afectaría a la resolución que resolvió su apelación, al considerar que habría abandonado, sin aviso ni justificación, las labores que indica, es menester manifestar que dicha situación es una cuestión de hecho que no resulta posible verificar a este Organismo de Control. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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