Dictamen CGR

Dictamen N° 28424/2017

2017-07-31 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por ser la materia de competencia del Servicio de Impuestos Internos
Aplicado por
Dictamen N° 33977/2017
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N° 28.424 Fecha: 31-VII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlos Veliz Bascuñán, reclamando por el cobro retroactivo de contribuciones, amparándose en el principio de buena fe. Al respecto, cabe hacer presente que, de acuerdo con los artículos 1° del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que Fijó el Texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, y 6° del Código Tributario, y tal como ha sido reconocido en la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 98.689, de 2014 y 25.123, de 2017, de este origen, esa entidad tiene la competencia privativa para interpretar, aplicar y fiscalizar las normas tributarias cuyo control no esté encomendado por ley a una autoridad diferente, como sucede en la especie. En consecuencia, este Organismo de Control debe abstenerse de pronunciarse respecto de la presentación de que se trata. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Camilo Mirosevic Verdugo Jefe División Jurídica

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