Dictamen N° 30596/2012
N° 30.596 Fecha: 24-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Richard Edmundo Ramírez Mella, funcionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento que determine si se ajustó a derecho la decisión del Secretario General de ese organismo, en orden a rechazar su solicitud para que el General Director, en ejercicio de su potestad revisora, se pronunciara respecto de una sanción que lo afecta. Requerido su informe, el referido organismo ha manifestado, en síntesis, que la aludida petición fue denegada por no aportar nuevos antecedentes. Sobre el particular, es dable señalar que el artículo 51 del decreto N° 900, de 1967, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Disciplina, previene que dicha autoridad podrá rever una sanción cuando se establezca la existencia de nuevos antecedentes, cuyo conocimiento hubiese influido en la decisión adoptada. Ahora bien, atendido que de la documentación examinada, aparece que, en la especie, la solicitud del interesado destinada a obtener la revisión de su castigo por parte del aludido General Director, fue rechazada por el referido Secretario General, es forzoso manifestar que la conducta de este último ha implicado una infracción a lo prescrito en el referido artículo 51, dado que ello excede su competencia, y sin que, por lo demás, conste que, a su respecto, se haya efectuado una delegación de la facultad en estudio. Por consiguiente, corresponde que se adopten, a la brevedad, las medidas tendientes a poner a disposición de la máxima autoridad de Carabineros de Chile los antecedentes respectivos, a objeto de que ésta resuelva el requerimiento del señor Ramírez Mella, acorde con lo informado en los dictámenes N os 39.737, de 2010 y 74.472, de 2011, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República