Dictamen N° 32105/2010
N° 32.105 Fecha: 15-VI-2010 Se han dirigido a esta Contraloría General la señora Fabiola Valdés Delgado y los señores Luis Rumualdo Godoy Salas y Luis Humberto Seguel Lara, todos funcionarios del Hospital de Niños Roberto del Río, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, para solicitar que su empleador cumpla con el dictamen N° 57.424, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora. Como cuestión previa cabe recordar que mediante el citado pronunciamiento se estableció que los descuentos realizados en las remuneraciones de los empleados por créditos contraídos por éstos con una institución financiera, a través de convenios suscritos por el Servicio de Bienestar o por la Asociación de Funcionarios, son deducciones de carácter voluntario, por lo que se encuentran afectas al límite legal del 15% que establece el artículo 96 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y ordena al citado Hospital, entre otros servicios públicos, suspender dichas rebajas, cuando estas excedan del aludido tope. Requerido su informe, el mencionado establecimiento manifestó, en síntesis, que se han adoptado una serie de medidas para dar cumplimiento a las instrucciones que sobre la materia ha impartido este Organismo de Control, pero que a la fecha aún no han podido ser implementadas por falta de herramientas técnicas informáticas y definiciones de los alcances jurídicos de los actores involucrados frente a las empresas en convenio. Al respecto es menester indicar, atendidas las consideraciones expuestas por el aludido centro asistencial por la demora en la implementación de los procedimientos para dar cumplimiento a lo ordenado por el citado oficio, que la dilación antes anotada no constituye una circunstancia suficiente para estimar que ha existido una actuación negligente o jurídicamente cuestionable de la autoridad del Servicio, como lo reclaman los recurrentes, sin perjuicio de lo cual las autoridades del Hospital deberán concretar a la brevedad las medidas pertinentes a fin de acatar lo resuelto en el mencionado dictamen N° 57.424, de 2009, de este Ente Contralor, informando sobre la regularización de esa situación. No obstante lo anterior, cabe tener presente que conforme al oficio N° 27.314, de 2010, de este Organismo de Control, se ha precisado que atendiendo a razones de certeza y seguridad jurídica, y con el objeto de no afectar situaciones y actuaciones jurídicas ya constituidas bajo el amparo de la jurisprudencia anterior, la vigencia del nuevo criterio en el tratamiento de los descuentos efectuados a las remuneraciones de los funcionarios, que establece el aludido dictamen N° 57.424, de 2009, rige a contar de la fecha de su emisión, esto es, el 19 de octubre de ese año. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante