Dictamen N° 33324/2013
N° 33.324 Fecha: 29-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Baeza Rivera, funcionaria del Ministerio de Justicia, consultando si tiene derecho a que se le compense el tiempo utilizado, en exceso de su jornada ordinaria, para asistir a un curso de capacitación. Requerida de informe, la referida Cartera de Estado manifestó, en síntesis, que tomará las medidas destinadas a retribuir con descanso complementario las horas de que se trata. Sobre el particular, en atención a lo indicado por la citada repartición, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo 30 de la ley N° 18.834, este Organismo Fiscalizador estima que dicho aspecto de la petición se encuentra solucionado. Por otra parte, la interesada solicita que también se le compense con descanso complementario el período que empleó para trasladarse a cumplir un cometido funcionario en la localidad de San Francisco de Mostazal el día 30 de agosto de 2012. Al respecto, es preciso manifestar, en armonía con lo indicado por esta Entidad de Control en sus dictámenes N os 11.962, de 2006 y 33.543, de 2009, este último complementado por el oficio N° 263, de 2010, de igual origen, que no puede estimarse como trabajos extraordinarios el tiempo utilizado por un servidor, para trasladarse al lugar en que han de efectuarse las funciones encomendadas, ni tampoco el ocupado en el regreso, ya que en ese lapso no cumplen tareas ordenadas por la autoridad. En consecuencia, es dable concluir que no procede compensar con descanso complementario, las horas que la recurrente utilizó en trasladarse al mencionado cometido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República