Dictamen CGR

Dictamen N° 34747/2010

2010-06-25 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · municipal · Vigente
Sumario. Sobre término anticipado de contrato de honorarios en un municipio
Aplicado por
Dictamen N° 45470/2010
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N° 34.747 Fecha: 25-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Roberto Mejías Ramírez, ex servidor a honorarios de la Municipalidad de Maipú, reclamando del término anticipado de su contrato a honorarios, dispuesto por ese municipio. Requerida la Municipalidad de Maipú, mediante el oficio N° 1200/29, de 2010, manifiesta que, en virtud de lo pactado en la cláusula quinta del respectivo convenio, se le comunicó al recurrente, a través de carta certificada recepcionada en la empresa de correos el 1 de febrero de este año, que a contar del 28 del mismo mes y año, se ponía término a su contrato de prestación de servicios. Sobre el particular, cabe manifestar que de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 4° de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, las personas contratadas a honorarios se rigen por las reglas que establezca el respectivo contrato y no les son aplicables las disposiciones estatutarias contenidas en dicho cuerpo legal. De este modo, quienes prestan servicios a la Administración sobre la base de honorarios, no poseen la calidad de funcionarios y tienen como norma reguladora de sus relaciones con ella el propio convenio, por lo que el servidor no posee otros beneficios que los que se contemplen expresamente en el pertinente contrato y la vigencia de éste se encuentra subordinada al acuerdo de las partes (aplica dictámenes N°s. 44.479, de 2005, y 16.471, de 2010, entre otros). Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que las partes contratantes acordaron en la cláusula quinta del convenio a honorarios de la especie, la facultad de esa municipalidad de poner término a dicha contratación en cualquier momento, atribución que el municipio ejerció en el presente caso. En consecuencia, esta Contraloría General cumple con concluir que se encuentra ajustado a derecho el término anticipado del contrato a honorarios del señor Mejías Ramírez, considerando que en el mismo se contemplaba la facultad correspondiente de la autoridad administrativa. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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