Dictamen CGR

Dictamen N° 354/2014

2014-01-03 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Exfuncionario de Gendarmería de Chile, que solicitó la bonificación establecida en el artículo 19 de la ley N° 15.386, encontrándose en servicio, tiene derecho a ella
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Dictamen N° 12888/2014
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N° 354 Fecha: 03-I-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Víctor Hugo Faúndez Ramírez, exfuncionario de Gendarmería de Chile, para reclamar, por las razones que expone, que no se le concedió la bonificación contemplada en la ley N° 15.386, no obstante que, en su opinión, cumpliría con los requisitos fijados para su percepción. Requerido su informe, esa entidad manifestó, en síntesis, que el interesado, con fecha 29 de marzo de 2012 -cuando aún tenía la calidad de empleado-, solicitó el aludido beneficio, por lo que reuniría las exigencias habilitantes para gozar de él. Por su parte, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile señaló que rechazó la petición del recurrente, por haber sido presentada con posterioridad al cese de aquél. Sobre el particular, cabe expresar, con arreglo a lo previsto en el inciso primero del artículo 19 del citado texto legal, que el imponente que pueda percibir pensión de retiro íntegra y que continúe en actividad, tendrá derecho a que se le incremente su sueldo, con una bonificación en la forma que se detalla en este precepto. Luego, se debe anotar que los artículos 1° y 2° del decreto N° 163, de 1964, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Reglamento para la aplicación de los artículos 19 y 20 de la ley N° 15.386, disponen, en lo pertinente, que el emolumento en examen, será de cargo de la respectiva Caja de Previsión, el que se otorgará a requerimiento del interesado. En este sentido, resulta útil destacar que este Organismo Fiscalizador, en sus dictámenes N os 80.506, de 2010 y 21.661, de 2013, precisó que la finalidad del beneficio en análisis, es favorecer al personal que permanezca en funciones después de haber completado el tiempo necesario para jubilar con sueldo base íntegro, pero no al jubilado. Ahora bien, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la mencionada institución previsional recibió, el día 29 de marzo de 2012, la solicitud del señor Faúndez Ramírez para disfrutar del estipendio en estudio, data en la cual éste todavía se encontraba en servicio en Gendarmería de Chile, considerando que su retiro se produjo con fecha 1 de abril de esa misma anualidad, cumpliendo, entonces, con la exigencia de estar en actividad al momento de requerir el entero de la bonificación de que se trata. En consecuencia, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile deberá adoptar las medidas tendientes a regularizar la situación del peticionario, pagándole el beneficio reclamado. Transcríbase al señor Víctor Hugo Faúndez Ramírez, a Gendarmería de Chile y a la Contraloría Regional del Maule. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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