Dictamen N° 364/2013
N° 364 Fecha: 03-I-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Roberto Lean Araya, en representación de Lean Service Ltda, solicitando un pronunciamiento relativo a la adjudicación de la licitación pública para el mantenimiento de cámaras frigoríficas instaladas en la Base Aérea Antártica Presidente Eduardo Frei Montalva y la IV Brigada Aérea de la ciudad de Punta Arenas, ID N° 29-55-LE 12. Al respecto, señala que en la evaluación de su oferta no se le habría asignado el puntaje que le correspondía a su propuesta técnica, ya que cumplía todos los requerimientos solicitados en las bases de la licitación sobre el número de cámaras y la garantía por los servicios. Requerido su informe, el Comando Logístico de la Fuerza Aérea de Chile manifiesta que el recurrente no cumplió con la totalidad de los requerimientos solicitados en las especificaciones técnicas de la propuesta, por lo cual en el rubro “Garantía y Soporte Técnico” se le asignó nota 3, particularmente, por haber omitido los trabajos a efectuar en las cámaras frigoríficas de la IV Brigada Aérea, que se estiman de gran relevancia pues dichos equipos se utilizan para las mercaderías en tránsito hacia la referida Base Aérea. Ahora bien, de acuerdo al acta de evaluación tenida a la vista, si bien en el factor “precio” el recurrente obtuvo un mayor puntaje (nota 5), en el subfactor técnico “Garantía y Soporte Técnico” su evaluación fue inferior (nota 3) y, en consecuencia, debido a la mayor ponderación del factor precio en relación con el aludido subfactor técnico, resultó en segundo lugar en relación con su competidor, que obtuvo nota 4 y nota 5, respectivamente. Sobre el particular, cabe señalar, de acuerdo con la reiterada jurisprudencia de este Organismo Contralor contenida, a modo de ejemplo, en los dictámenes N°s. 11.176, de 2009, y 20.710, de 2011, que la apreciación de los criterios que componen la respectiva evaluación en las bases de un proceso licitatorio, además de su ponderación y asignación de puntajes, constituyen aspectos cuyo mérito y oportunidad le compete calificar a la Administración, particularmente, a la comisión evaluadora respectiva. No obstante lo expresado, es necesario manifestar que, en lo sucesivo, la Fuerza Aérea de Chile deberá arbitrar las medidas tendientes a cumplir con lo señalado en el artículo 41 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda -que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios-, el cual dispone en su inciso cuarto que en el acto de adjudicación, deberán especificarse los criterios de evaluación que estando previamente definidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, requisito que no se cumple en la especie. En estas condiciones, de acuerdo con lo expuesto, esta Contraloría General cumple con informar que se ajusta a derecho, en los términos indicados, la adjudicación de la licitación pública por la que se consulta. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República