Dictamen CGR

Dictamen N° 36796/2013

2013-06-11 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento que dice relación con el cumplimiento de una sentencia judicial
Aplicado por
Dictamen N° 78615/2013
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Dictamen N° 74210/2013
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N° 36.796 Fecha: 11-VI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlos Ricardo Barrenechea Torres, funcionario de Carabineros de Chile, para reclamar por el monto de los descuentos que ese servicio le efectuó en sus remuneraciones por concepto de pensión de alimentos, en cumplimiento de una sentencia emanada del Segundo Juzgado de Letras de Menores de San Miguel. Al respecto, se debe indicar que el artículo 76 de la Constitución Política, dispone que la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley, precepto que debe interpretarse armónicamente con lo previsto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, que establece que esta Entidad Fiscalizadora no intervendrá ni informará los asuntos que, por su naturaleza, sean propiamente de carácter litigioso o estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia. Por consiguiente, atendido que la petición de que se trata, incide en la forma en que Carabineros de Chile cumplió una sentencia judicial, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre el asunto planteado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República