Dictamen N° 37064/2015
N° 37.064 Fecha: 08-V-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Joaquín Arriagada Mujica, exfuncionario del Instituto de Desarrollo Agropecuario -INDAP- de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, para reclamar que tanto en la presentación que individualiza, como en el dictamen N° 84.967, de 2014, de este origen, que atendió la misma, se le consideró como parte del grupo de exfuncionarios de esa entidad que denunciaron una serie de conductas irregulares de la autoridad regional que se señala, en circunstancias que él no había concurrido con su firma y consentimiento en el mencionado escrito. Ahora bien, efectuado un análisis sobre este punto, se advierte que el interesado no ratificó esa presentación mediante su rúbrica, por lo que no corresponde incluirlo en el grupo de exservidores de la aludida institución que se dirigieron a esta Entidad de Control con tal fin, lo que no obsta a la necesidad de que el INDAP indague la situación en los términos dispuestos en el citado pronunciamiento, en relación con lo descrito por los otros cuatro ocurrentes. Finalmente, en lo que atañe a la solicitud de investigar la referida circunstancia, conviene anotar que según se ha sostenido, entre otros, en el dictamen N° 23.330, de 2015, de esta procedencia, incumbe a la jefatura dotada de la potestad sancionatoria ponderar el inicio de un proceso disciplinario, siendo dable agregar que debe tenerse presente, que en el evento que alguno de los requirentes hubiere tenido participación en los hechos descritos, tres de ellos mantienen la calidad de exfuncionarios, lo que impediría hacerles efectiva su responsabilidad administrativa, lo que no acontece respecto del otro servidor denunciante. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, se rectifica el dictamen N° 84.967, de 2014, en el sentido de no entender incorporado al señor Arriagada Mujica dentro de los denunciantes. Transcríbase al Instituto de Desarrollo Agropecuario. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante