Dictamen N° 37646/2014
N° 37.646 Fecha: 29-V-2014 El Servicio de Salud Metropolitano Sur, habida cuenta de que en el presupuesto del contrato “Reposición con Relocalización del Hospital Exequiel González Cortés” -adjudicado previa licitación pública, a través de la resolución N° 226, de 2012, de esa repartición- se señalaron como globales un conjunto de partidas que son determinables y medibles, consulta acerca de la viabilidad de pagarlas de acuerdo al estado de avance de la obra. Por su parte, los señores Manuel Olivares Blázquez y José Miguel Cabrerizo Carvajal, ambos en representación del Consorcio Hospital EGC S.A., según indican, solicitan un pronunciamiento sobre dicha posibilidad. En relación con la materia, cumple este Ente Contralor con consignar que como lo ha establecido, vgr., en su dictamen N° 67.907, de 2013, las partes de un contrato deben tender a su correcto cumplimiento, en virtud del principio de buena fe. Siendo ello así, atendidas las particularidades de la situación analizada, y lo manifestado por el propio servicio recurrente, este Organismo de Fiscalización no advierte inconveniente para que, concurriendo las demás exigencias que resulten aplicables, aquél proceda al pago de las partidas por las que consulta de la manera que propone en su presentación. Transcríbase al Consorcio Hospital EGC S.A. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República