Dictamen CGR

Dictamen N° 37920/2015

2015-05-12 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Funcionaria a quien se le encomendó la labor de jefe de división, debe cumplir con los requisitos previstos para los empleos de esa naturaleza
Aplicado por
Dictamen N° 81986/2015
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N° 37.920 Fecha: 12-V-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Subsecretario de Prevención del Delito, para informar que la situación objetada por los dictámenes N os 71.718 y 77.700, ambos de 2014, y de esta procedencia, se encuentra superada. Al respecto, es útil anotar que en los señalados pronunciamientos se concluyó que no se ajusta a derecho la encomendación de las funciones de jefe de división que fue ordenada respecto de doña Leticia Rivas Soto, ya que mediante ese mecanismo no puede encargarse tal labor a una servidora que no ejerce un empleo de esa naturaleza, menos aún, si por esta vía se vulneran las condiciones educacionales estipuladas por la ley para el desarrollo de dichos cargos, como ocurrió en la especie, por lo que se debía enmendar dicha irregularidad. Por su parte, la autoridad afirma que en razón de que el número de divisiones existentes supera en una a las plazas de jefaturas de esas unidades que fueron creadas por el decreto con fuerza de ley N° 3-20.502, de 2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se debe encomendar a una servidora del estamento directivo esa labor. Sobre este punto, es del caso precisar que si bien la situación descrita habilita a la autoridad para utilizar la técnica administrativa en comento, esa actuación no fue la objetada, sino la circunstancia de que se asignara esa función a una empleada que no posee los requisitos educacionales exigidos por la ley para desempeñar una plaza de jefe de división. En consecuencia, atendido que la observación efectuada no ha sido subsanada, por cuanto la señora Rivas Soto todavía ejerce el cargo de que se trata, corresponde que la autoridad deje sin efecto a la brevedad la aludida encomendación e informe de ello a esta Institución Fiscalizadora, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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