Dictamen N° 3869/2011
N° 3.869 Fecha: 20-I-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 567, de 2010, de la Dirección de Salud de Carabineros de Chile, reingresado al trámite de toma de razón, que regulariza las bases de la licitación pública para el suministro e implementación de la plataforma tecnológica RIS-PACS para el hospital de Carabineros de Chile, y aprueba el contrato respectivo suscrito con la empresa Tecnoimagen Limitada, atendido que no se han subsanado algunas de las observaciones formuladas por esta Contraloría General, al acto representado, a través de su oficio N° 61.981, de 2010. Al respecto, cabe reiterar la improcedencia de imputar la totalidad del gasto que irroga el contrato en examen al presupuesto del año 2008, toda vez que, de conformidad con el artículo 12 del decreto ley N° 1.2.63, de 1.975, y en armonía con el criterio sustentado por la jurisprudencia de esta Contraloría General en los oficios N°s. 53.113, de 2008 y 40.996, de 2009, entre otros, el ejercicio presupuestario tiene carácter anual y debe coincidir con el año calendario y, en consecuencia, a partir del 1 de enero de cada año, no puede efectuarse pago alguno con cargo a un presupuesto fenecido, sino al que esté vigente y de conformidad con las normas do ejecución contempladas en la respectiva ley del ramo, las que, por ende, deben aplicarse en el ejercicio correspondiente. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República