Dictamen N° 39407/2017
N° 39.407 Fecha: 08-XI-2017 Mediante el oficio del rubro, el Prosecretario Accidental de la Cámara de Diputados, a requerimiento de la diputada señora Andrea Molina Oliva, solicita un pronunciamiento respecto de la juridicidad de la tramitación del proyecto de construcción del Embalse Catemu y acerca del cumplimiento del dictamen N° 16.055, de 2017, de este origen, referido a las actuaciones de la Dirección de Obras Hidráulicas y de la Comisión Nacional de Riego en relación con la materia. Sobre el particular, resulta menester recordar que a través del aludido pronunciamiento, y con motivo de una reclamación de la Junta de Vigilancia de la Segunda Sección del Río Aconcagua respecto de lo obrado por la referida dirección, esta Contraloría General manifestó, en lo medular, que de los antecedentes tenidos a la vista se desprendía que aquél servicio se encontraba en etapa de realización de los anteproyectos necesarios para definir las condiciones de construcción de la referida obra, entre las que se encuentra el análisis de los recursos hídricos necesarios para su funcionamiento, sin que se advirtiera, en ese tópico, la ocurrencia de perjuicios al ejercicio de los derechos de aprovechamiento de los miembros de la mencionada junta de vigilancia. Asimismo, y sin desmedro de puntualizar que las nombradas reparticiones debían ajustar su actuación a las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 1.123, de 1981 -que establece normas sobre ejecución de obras de riego por el Estado- en lo que atañe a la evaluación y aprobación de las obras y a la participación de los interesados, aquel documento concluyó que no existían objeciones de legalidad que formular sobre la materia. En tales condiciones, considerando que dicho dictamen solo consigna una instrucción de carácter general dirigida a los mencionados servicios y que, en esta oportunidad, tampoco se han aportado antecedentes que den cuenta de irregularidades incurridas con motivo del desarrollo del referido proyecto, ni denuncias específicas sobre el particular, se ha estimado del caso no innovar respecto de lo ya manifestado. Sin desmedro de lo anterior, cabe hacer presente que el Ministerio de Obras Públicas ha determinado ejecutar el proyecto en comento a través del sistema de concesiones y que, en ese contexto, ha ingresado a esta Contraloría General, para su toma de razón, la resolución N° 100, de 2017, de la Dirección General de Obras Públicas, que “Aprueba Bases de Concesión de Obra Pública Fiscal Embalse Catemu”. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante