Dictamen CGR

Dictamen N° 39576/2016

2016-05-27 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. La Defensoría Penal Pública deberá tramitar a la brevedad el sumario de que se trata, una vez que haya recibido el informe de la COMPIN respectiva, acerca de la salud mental del inculpado
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N° 39.576 Fecha: 27-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Moisés Hermosilla Silva, funcionario de la Defensoría Penal Pública, para reclamar por el retraso en la tramitación de la reapertura de un sumario administrativo incoado en su contra en esa institución, que debió disponer la autoridad conforme con lo manifestado en el dictamen N° 953, de 2016, de este origen. Como cuestión previa, es útil recordar que el referido procedimiento administrativo fue ordenado por aquel servicio para determinar la responsabilidad del recurrente por la inasistencia injustificada a sus labores, determinando dicho pronunciamiento que la investigación se encontraba incompleta. Requerido de informe, el mencionado organismo señala, en síntesis, que procedió a dar cumplimiento a lo indicado por esta Entidad Fiscalizadora, requiriendo a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez -COMPIN- competente, que se evaluara la salud mental del sumariado, diligencia que se encuentra pendiente de resultado. En ese contexto, es menester señalar que una vez que haya recepcionado el informe de la respectiva COMPIN, la Defensoría Penal Pública deberá disponer las gestiones conducentes para concluir el señalado proceso a la brevedad, en cumplimiento a los principios de eficiencia, impulsión de oficio y de celeridad, consagrados en los artículos 3° y 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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